La Audiencia de Girona ha absuelto a un acusado de una violación múltiple en Blanes en la madrugada del 23 de diciembre de 2011. La sentencia concluye que existen "dudas" que obligan a hacer prevalecer el principio de presunción de inocencia del acusado. Entre ellos, los "defectos en el recuerdo" de la víctima, los efectos del alcohol en sus "facultades de percepción" y que los perfiles genéticos del semen que se encontró eran incompatibles con el del acusado. Además, la sentencia recoge que tampoco existe ningún rasgo "individualizado" que garantice que su identificación fue correcta ni ninguna prueba adicional que lo corrobore. El hombre se enfrentaba a 56 años de prisión y la defensa, encabezada por la letrada Natàlia Frigola, pedía la absolución.
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Fátima Ramírez, considera probado que en la madrugada del 23 de diciembre de 2011 una persona "no identificada" se acercó a la víctima cuando salía de un bar de Blanes, donde habían coincidido. Aprovechando que se encontraba bajo los efectos del alcohol, la agarró por el brazo y la introdujo en la parte trasera de un coche, de modelo y matrícula desconocidos, donde había "un mínimo de dos hombres más que no han podido ser identificados".
Después de circular unos 15 minutos, el hombre con el que había coincidido la víctima, "con ánimo de satisfacer sus deseos lujuriosos" y mientras otro le sujetaba los brazos, le bajó los pantalones y las bragas y la penetró vaginalmente hasta eyacular. A continuación, otro de los hombres no identificado la penetró vaginalmente y oralmente. Después, le arrancaron una cadena del cuello y unos pendientes. "Asimismo, valiéndose del clima de intimidación previamente creado, le quitaron unos guantes, un cinturón, dos paquetes de tabaco, una cartera, una medalla de oro y 100 euros en efectivo", relata la sentencia. A causa de los hechos, la víctima sufrió diversas lesiones.
La sentencia considera probada la agresión perpetrada por al menos dos hombres por vía vaginal y oral con el uso de la fuerza física y en contra de su voluntad. No obstante, las "contradicciones" en las que incurrió la víctima en las cuatro declaraciones que prestó –dos en dependencias policiales, una en fase instructora y la otra en el juicio- respecto al número de participantes en la agresión y sus "características raciales" impiden a la sala "dar por acreditado íntegramente el relato fáctico del ministerio fiscal".
Unas contradicciones que se podrían atribuir, según recoge la sentencia, a los "defectos en el recuerdo que puede provocar una intoxicación etílica que podemos calificar de intensa" –la víctima dio 1,85 g/l en la prueba de alcoholemia-.
"No ha quedado probado con la debida seguridad y certeza que el acusado fuera uno de los autores del robo y de las agresiones sexuales de las cuales fue víctima", concluye la sala. Además, considera que no existen unas características "especialmente individualizadas en la descripción" que hizo la testigo de su agresor, que no lo conocía previamente y que no hay "datos adicionales" que puedan corroborar "el acierto" de su identificación".
Finalmente, recoge que los perfiles genéticos del semen localizado en la víctima no son compatibles con el del acusado, "a pesar de que sería el único que desde el primer momento ella tuvo claro que eyaculó durante la penetración vaginal". "Todos estos datos siembran dudas sobre la fiabilidad de la identificación que la testigo hizo del acusado como uno de los autores de los hechos", remarca la sentencia. "Estas dudas deben llevar a la sala en aplicación del principio in dubio pro reo a acordar su absolución", concluye la sentencia.