La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado que se enfrentaba a 9 años de prisión por abusar sexualmente de la hija de 4 años y haberle hecho mirar vídeos sexuales cuando convivían en un domicilio de la Escala (Alt Empordà). La fiscalía y la acusación particular situaban los presuntos tocamientos entre enero y julio de 2017.
La sentencia de la sección tercera concluye que no hay ninguna prueba que corrobore el relato de la menor: "Con esto no queremos decir que haya mentido, sino que su declaración no ha alcanzado los niveles suficientes de corroboración externa ni de consistencia interna para considerarla fiable y poder enervar la presunción de inocencia". La sentencia recoge una condena previa del procesado por amenazar con quemar a la niña y a su madre.
La fiscalía solicitaba 8 años de prisión para el padre: 6 por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años y 2 por hacerle ver a la niña contenido sexual. La acusación particular elevaba la petición a 9 años de prisión. La defensa pedía la absolución.
La sentencia de la sección tercera de la Audiencia, de la que ha sido ponente la magistrada Fátima Ramírez Souto, absuelve al acusado: “No ha quedado acreditado que el acusado, en el período comprendido entre enero y junio de 2017, le mostrara a su hija vídeos de contenido sexual ni tampoco que le dijera que le tocara o le diera besos en el pene ni que le intentara tocar la vulva”.
La sentencia señala que la única "prueba directa" de las acusaciones es el relato de la menor, que tenía 4 años en el momento de los hechos. El tribunal expone que "resulta difícil pensar que una niña tan pequeña" quisiera perjudicar a su padre atribuyéndole conductas de carácter sexual. En este caso, sin embargo, la sala remarca que "no puede obviarse" que tanto la pequeña como su madre "fueron víctimas de un intento de homicidio por parte del acusado".
Miedo del padre
"Estos hechos traumáticos generaron en la menor un temor lógico hacia su padre y el deseo de no tener ningún contacto con él. Un miedo que, de manera razonable, se extiende a su madre", argumenta la sala. Esto hace que la Audiencia concluya que, aparte de no haber otros testimonios de los presuntos abusos, tampoco se pueda determinar que el sufrimiento psicológico de la niña sea consecuencia de haber sido víctima de delitos sexuales.
Según la sentencia, "no puede establecerse una relación causa efecto entre los comportamientos de naturaleza sexual que se atribuyen a su padre" y el estrés postraumático que sufre la menor porque puede estar relacionado con el episodio que ya se juzgó y sentenció.
La sección tercera señala que la niña ha incurrido en "numerosas contradicciones" en las declaraciones que ha hecho a lo largo del procedimiento y que esto, sumado a la ausencia "de datos objetivos de carácter periférico" que corroboren los hechos, obliga a absolver al acusado.
