24 años de prisión y expulsado de Cataluña por el 'crimen del maletero' de Roses

18 de julio de 2023 a las 19:35h
Actualizado: 16 de diciembre de 2025 a las 12:03h

La Audiencia de Girona ha condenado a 24 años y un mes de prisión a Achraf Laghdas, el asesino reincidente que mató a un hombre en Roses y abandonó el cuerpo en el maletero de su coche. El crimen ocurrió a principios de abril de 2021.

 

La sentencia recoge el veredicto del jurado, que concluyó que Laghdas mató a la víctima en la casa ocupada donde vivía. Esperó a que durmiera o no lo viera venir, lo atacó con un cuchillo y, después, con un hacha o machete. Además de la prisión, la sentencia obliga a Laghdas a indemnizar al hermano de la víctima con más de 23.700 euros y ordena que, una vez haya cumplido tres cuartas partes de la condena, se le expulse del Estado. Al otro acusado, a quien el jurado exoneró del crimen, le impone 1 año por violación de domicilio.

 

El crimen que ahora la Audiencia ha sentenciado tuvo lugar entre los días 2 y 12 de abril de 2021. Entonces, Laghdas, la víctima y el otro acusado vivían juntos en una casa de la urbanización Mas Boscà. Habían ocupado el chalet, propiedad de una familia italiana, que lo usaba para veranear.

 

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Sonia Losada, recoge lo que ya concluyó el jurado popular: que detrás del asesinato tan solo estaba la mano de Lahgdas, pero no la del otro procesado. Sin fisuras, y en un veredicto emitido por unanimidad, el tribunal popular concluyó que el asesino había atacado a la víctima aprovechando que no se podía defender, mientras dormía o bien estaba distraído -y no lo vio venir- en uno de los colchones que tenían en el comedor.

 

Allí, primero con un cuchillo y después con un hacha o un machete, le hizo hasta una docena de heridas. Muchas de ellas, con virulencia (que le llegaron a fracturar huesos). El cadáver de la víctima se localizó dentro del maletero de su coche, aparcado en una calle de Roses. Su hermano lo encontró la noche del 12 de abril. Lo habían envuelto con bolsas, una manta y una cortina de ducha y lo habían abandonado dentro del vehículo.

 

Además de Laghdas, en el banquillo de los acusados también se sentó otro hombre que vivía en la casa ocupada. Tanto la fiscalía como la acusación particular sostenían que él también había tenido parte activa en el crimen. Pero el jurado lo descartó, diciendo que ni en el coche ni en los objetos que envolvían el cadáver se encontraron huellas suyas (cosa que sí ocurrió con Laghdas, y que fue una prueba clave para que lo declararan culpable).

 

La sentencia de la Sección Tercera, precisamente, analiza este extremo. Y concluye que los argumentos que utilizó el jurado para rechazar la coautoría del crimen "no se pueden entender gratuitos, ilógicos o contrarios al sentido común". La Audiencia, sin embargo, en este punto, sí subraya que, como ya hizo notar el jurado, la conducta de este procesado se podría "subsumir como encubrimiento" (porque, antes de que encontrara el cadáver, dio diferentes versiones al hermano de la víctima).

 

24 años y un mes

La Audiencia de Girona acaba imponiendo a Achraf Laghdas una pena de 24 años y un mes de prisión (el fiscal quería 25, y la acusación particular lo eleva a 28). La sentencia lo condena por asesinato con el agravante de reincidencia (porque ya mató a un joven en Empuriabrava en 2003) y por los delitos de violación de domicilio y de resistencia a la autoridad en concurso con otro de lesiones. Por este último, el de lesiones, la Audiencia lo condena a pagar 180 euros de multa.

A Laghdas lo detuvieron el 16 de abril, cuatro días después de descubrirse el cadáver. Cuando supo que lo buscaban, huyó y se escondió en casa de un familiar en Martorell (Baix Llobregat). Antes de que lo arrestaran, sin embargo, una vez los Mossos ya lo habían descubierto, forcejeó con una agente y le acabó causando lesiones leves.

Además de la pena de prisión, la Audiencia obliga al asesino reincidente a indemnizar al hermano de la víctima con 23.704,82 euros. La sentencia también ordena que, una vez Laghdas haya cumplido tres cuartas partes de la pena, u obtenga el tercer grado, se le expulse del estado español y no pueda volver durante diez años.

En cuanto al otro procesado, a quien el jurado exoneró, la Audiencia lo absuelve del delito de asesinato y lo condena a 1 año de prisión por el de violación de domicilio (porque vivía en la casa ocupada). De todos modos, desde la lectura del veredicto, este acusado ya quedó en libertad.

La sentencia no es firme y en un plazo de diez días se puede interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).