viernes, 16 de mayo de 2025
És notícia

El docente de música que abusó de 5 alumnos en El Gironès entrará en prisión

Foto del avatar

La Audiencia de Girona dola tres días para ingresar en prisión a Jordi Brull, el profesor de batería de Quart (Gironès) condenado por abusar sexualmente de cinco alumnos entre los años 2009 y 2020. “Se requiere al penado para que en un plazo de tres días (naturales) ingrese voluntariamente en el centro penitenciario para cumplir la pena privativa de libertad impuesta”, expone el servicio común de ejecución penal de Girona. En octubre pasado, la Audiencia de Girona impuso una condena de 26 años y medio de prisión a Brull (con 20 de cumplimiento efectivo).

La sentencia concluía que se aprovechó de “la influencia” que tenía hacia los jóvenes, que habían comenzado clases particulares con él siendo menores de edad, para perpetrar los abusos en el sótano de su casa.

El servicio común procesal de ejecución penal de Girona ha incoado la ejecutoria después de que la sentencia dictada por la sección tercera de la Audiencia, que condenaba al profesor de batería, sea firme.

Según la resolución, Brull tiene tres días para ingresar “voluntariamente” en un centro penitenciario para cumplir la condena. Además, le dan diez días para aportar los 30.000 euros que faltan para hacer frente a las indemnizaciones (ya había consignado 50.000 previamente) y le advierten de que, de acuerdo con la sentencia, tiene prohibido acercarse o comunicarse con las víctimas. Si lo hace, estaría cometiendo un delito de quebrantamiento de condena.

La resolución dictada se ha comunicado a la fiscalía y a las partes y tienen tres días para interponer recurso de revisión.

El juicio se hizo del 3 al 5 de octubre y la sección tercera de la Audiencia de Girona hizo pública la sentencia el día 26 del mismo mes, concluyendo que el profesor de batería abusó sexualmente de los cinco alumnos.

El tribunal descartaba que hubiera consentimiento, tal y como alegó el acusado al final del juicio cuando, cambiando de versión, aseguró que las relaciones fueron consensuadas y que entonces el consentimiento de situaba a los 13 años.

El tribunal argumentó que Jordi Brull se aprovechó de la “situación de superioridad” que tenía hacia las víctimas, que comenzaron las clases particulares con él siendo menores de edad, y que ejecutó “un plan premeditado”: “Se fue ganando la confianza de sus alumnos con la intención de convertirse en un ‘padre-colega’ y en su protector. Así, conseguía este vínculo con los alumnos mediante “manipulación emocional” y, después, pasaba a “la acción” para perpetrar los abusos”.

La sentencia recogía que, tal y como explicaron los jóvenes en el juicio que se personaron como acusación particular de la mano del letrado Benet Salellas, el maestro de batería actuaba siguiendo un patrón y tenía un ‘modus operandi’ claro: “El procesado se valió de su ascendiente en los alumnos -y del temor de ellos a hacerle daño, a perderlo como adulto referente o a perder las clases de batería con él- para, lenta y progresivamente, irlos compeliendo a aceptar las prácticas sexuales a las que los sometía”.

“El procesado difícilmente podía desconocer que no estaba obteniendo un consentimiento libre por parte de ellos, sino forzándolos mediante conductas manipuladoras”, subrayaba la Audiencia.

La sentencia consideró probado que abusó sexualmente de cinco alumnos entre los años 2009 y 2020 en el sótano de su casa, donde tenía una especie de estudio donde impartía las clases particulares, y lo condenaron como autor de tres delitos continuados de abuso sexual con penetración y dos delitos de abuso sexual, uno de ellos con penetración.

“Perpetradores de abusos”

El tribunal señalaba que el comportamiento del procesado siguió “casi al detalle” todas las pautas que la psicología moderna detecta “en los perpetradores de abusos a niños o jóvenes” como son formar relaciones, probar los límites, tentar tocamientos “en exceso”, intimidar, compartir material sexual y comunicarse en secreto.

Así, la Audiencia exponía que Brull escogía víctimas “en diferentes fases de construcción de su personalidad” y hacía creer a cada uno de ellos que eran los mejores alumnos y que tenían un futuro prometedor en la música: “La situación de superioridad del acusado en relación a los cinco denunciantes resulta evidente: no sólo por la desproporción de edades entre él y los alumnos -entre 32 y 46 años- y por el hecho innegable de ser su profesor, sino también por el hecho de ser la persona en quien todos ellos habían depositado sus esperanzas de futuro”.

Desde el primer día se mostraba “cariñoso” con ellos, abrazándolos y petoneándolos. Después, y con la excusa del esfuerzo que supone tocar la batería, les hacía masajes que “progresivamente” dirigía a la zona de los genitales. Con el paso del tiempo,a ello fue a más llegando a masturbaciones o felaciones.

A la hora de considerar probados los hechos, el tribunal señalaba la “solidez” de las declaraciones de las víctimas: “Que sean varias las personas que denuncian haber sufrido abusos sexuales por parte de un mismo procesado, en un escenario similar o igual, puede reforzar o corroborar sus respectivas declaraciones, sobre todo si cada una de ellas, por sí misma, resulta verosímil y creíble”.

Además, la Audiencia también remarcaba que todas las víctimas del profesor de batería arrastran secuelas emocionales y psicológicas y que son unas pruebas periciales que sirven para acreditar los hechos.

No se creyeron la versión exculpatoria

El procesado declaró al final del juicio, después de haber escuchado a todos los testigos y a los peritos, y sólo respondió a las preguntas de la defensa. El tribunal no se creyó su versión y llegó a decir en la sentencia que era un relato calculado “al milímetro” para intentar eludir las consecuencias penales de sus actos.

Brull, que anteriormente había negado los hechos, alegó en el juicio que había mantenido relaciones sexuales consentidas con cuatro de las cinco víctimas, precisamente los que tenían más de 13 años en el momentos de los hechos y que, por tanto, según la ley de entonces podían llegar a prestar consentimiento.

“La declaración del señor Brull no nos merece ningún crédito, pues nos parece incompleta, parcialmente inveraz y, sobre todo, formulada como mera intención exculpatoria. Aunque, eso sí, el procesado la expuso con la misma tranquilidad y frialdad con la que, según declaró un agente de policía, achacó la noticia de su detención”, concluía la sala.

El tribunal formado por los magistrados Ildefonso Carol, Fátima Ramírez y Sonia Losada concluyó que la declaración del profesor de batería intentó ser una “vía de escape” pero que, al final, sólo sirvió para reforzar aún más el relato de las víctimas. Y, en este punto, la sala añadió que el procesado, no sólo no ha reparado el “mal incalculable” que ha causado a las víctimas, sino que , además, actuó con “falta de empatía”, e incluso “cierta crueldad”, cuando prestó declaración en el juicio.

La Audiencia condenó a Jordi Brull a 26 años y medio de prisión pero recogía que, “por imperativo legal”, el tiempo de cumplimiento efectivo de la pena será de máximo 20 años. El procesado ha estado en libertad a lo largo del procedimiento.

Total
0
Shares
Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Noticia anterior

El gobierno español limita el periodo de prueba a las empresas

Siguiente noticia

Tàrrega impulsa una campaña para divulgar la aportación de las mujeres en el mundo de la ciencia

Noticias relacionadas