viernes, 14 de febrero de 2025
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Absuelto el acusado de violar a una mujer afectada por el consumo de alcohol y drogas en Olot

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La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado que se enfrenta a 6 años de prisión por violar a una mujer en un piso de Olot cuando estaba afectada por el consumo de alcohol y drogas el 21 de diciembre de 2019. La sentencia concluye que no se ha probado que las relaciones sexuales fueran “sin el consentimiento de la víctima” o que el procesado “se aprovechara de un estado de inconsciencia” o de “pérdida del sentido de la realidad” de la mujer. El tribunal expone que no ha contado con ninguna prueba “clara y definitiva”, como debería que los restos el semen encontrado a la víctima fueran del acusado. En el juicio, el abogado de la defensa Carlos Monguilod alegó no hubo coincidencia a pesar de que previamente habían extraído ADN al procesado en una causa por un presunto robo.

La fiscalía le acusaba de un delito de abuso sexual con penetración y de un delito leve de lesiones y solicitaba 6 años de prisión y multa de 500 euros. En concepto de responsabilidad civil, quería que indemnice a la mujer con 18.000 euros por el daño moral. En caso de condena, el procesado (que es de origen ecuatoriano) también se enfrentaba a la expulsión del país. La defensa pidió la absolución.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Mora Lucas, resuelve que ha quedado probado que la mañana del 21 de diciembre de 2019 acusado y víctima -junto con otros amigos- estaban en un piso de Olot. Habían pasado la noche de fiesta y, desde horas antes, habían estado “todos ellos, consumiendo una cantidad incierta de alcohol, marihuana y cocaína”.

“Resulta probado que, a lo largo de la mañana, el acusado y la denunciante entraron junta en una habitación del piso, se desvestieron de forma completa o parcial, se petonearon y tuvieron relaciones de tipos sexuales, sin que haya resultado acreditado que hubiera penetración”, expone el tribunal que añade, sin embargo, que las declaraciones de los testigos y las periciales no acreditan que estas relaciones fueran sin el consentimiento de la víctima o que ella se detuviera. estuviera en un estado de inconsciencia o de pérdida del sentido de la realidad provocada por el consumo de tóxicos.

La Audiencia también analiza las lesiones localizadas en la víctima y concluye que se ha probado que, durante las relaciones, el acusado hizo “pitos y mordeduras” a la mujer y que ello dejó marcas en la denunciante. En la sala de vistas, la víctima relató que vio que tenía chubascos y una lesión en el laburón. El tribunal remarca, sin embargo, que “no ha resultado acreditado” que el procesado tuviera intención de hacerle daño y, por ello, también le absuelven del delito leve de lesiones.

A la hora de dictar sentencia, y tras valorar las declaraciones de víctima, acusado y testigos, la Audiencia remarca que “lo relevante en este caso es que no hay una prueba clara y definitiva” que avalen los hechos denunciados.

El tribunal expone que, aunque localizaron restos de semen a la mujer, “por una omisión clave en la instrucción” no se comprobó si eran compatibles con el ADN del acusado. En el juicio, Monguilod aportó documentación para acreditar que, a raíz de otra causa por un presunto robo, la base de datos contaba con el perfil genético del procesado.

Relatos contrapuestos

Además, la sección tercera indica que el hecho de tener relaciones sexuales con una persona que haya consumido alcohol y drogas no quiere decir “por sí mismo” que no pudiera prestar consentimiento. El tribunal recoge aquí la declaración de la víctima, que dijo en la sala de vistas que, ante la insistencia del procesado, “dejó que pasara” y que cuando le dijo “ya está, hasta aquí”, él paró. En contraposición, el acusado dijo que intentaron tener relaciones completas pero que él no pudo porque no pudo tener una erección por el consumo previo. También apuntó que la mujer la había denunciado porque no podía dar una explicación a los chuches y por encubrir, ante su marido, que le había sido infidel.

“De las declaraciones practicadas y de las pruebas no se desprende la certeza absoluta de que la víctima estuviera en un estado tal que no pudiera decidir sobre si mantener relaciones sexuales o no”, argumenta la Audiencia que expone que las otras personas que había en el piso dijeron que no habían visto nada extraño, más allá de que acusado y víctima fueron a una habitación.

La sección tercera concluye que “no existe prueba de cargo suficiente” que acredite que las relaciones sexuales “fueran sin el consentimiento” de la víctima o que estuviera “viciado o anulado” por las drogas y el alcohol: “Es a la acusación a quien corresponde suministrar la prueba de la culpabilidad, procediendo a la absolución aunque tampoco se haya demostrado la inocencia claramente”. La sala absuelve al procesado porque no se han podido demostrar “más allá de toda duda razonable” que el acusado abusara sexualmente de la mujer.

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