lunes, 13 de mayo de 2024
És notícia

24 años y medio de prisión para el acusado de abusar sexualmente de cinco menores en L’Empordà

Foto del avatar

La Audiencia de Girona ha condenado a 24 años y medio de prisión al acusado de abusar sexualmente de cinco menores en Empuriabrava (Alt Empordà) entre los años 2016 y 2019. El tribunal concluye que se “aprovechó” de la confianza que le tenían los padres y los abuelos de las niñas, con quienes trabó una relación “intensa” de amistad. Tres de las niñas son hermanas y las otras dos hermanastros. Según la sentencia, prevaliéndose de este vínculo entre familias, hizo tocamientos a las niñas cuando estaban solas en la habitación, en el sofá de casa de él, en momentos de juego en la playa o cuando hacían estiramientos en el gimnasio. Las víctimas tenían entre 8 y 15 años. En el juicio, las familias de las víctimas dijeron que el procesado era como un “abuelo adoptivo” para las niñas.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Fátima Ramírez Souto, expone que el procesado, que tenía 60 años en el momento de los hechos, generó “unos vínculos de afecto y familiaridad” con los padres y los abuelos de las menores que le “facilitaron” perpetrar los abusos: “Le proporcionaron el contacto con las menores y un relajamiento de los frenos defensivos de las familias de las menores, que no tenían ningún motivo para pensar que el acusado, rompiendo los vínculos de afectividad y lealtad propia de la relación de cuasi-familiaridad que se había formado, las sometería a conductas que atentaban contra su indemnidad sexual”.

De hecho, la sentencia recoge que en el juicio, que se hizo del 20 al 23 de febrero, las menores, sus familias y el procesado mismo dijeron que tenía un rol “como de abuelo” con ellas y que compartía tiempo, tanto en comidas familiares como en juegos o ratos de ocio en la playa.

El condenado, Thierry René Duboc, vivía con su mujer en un apartamento de Empuriabrava. Según la sentencia, las tres hermanas fueron a vivir a un piso de al lado en el año 2015 y comenzaron a establecer la relación de amistad entre las familias: “La relación de vecindad se intensificó con el tiempo y las familias empezaron a compartir comidas y salidas”.

Cinco víctimas

La sentencia recoge que abusó de la hermana mayor cuando tenía 15 años, de la media entre los 13 y los 15 y de la pequeña entre los 8 y 10 años. El procesado siguió un patrón de conducta porque, en la mayoría de los casos y aprovechando la libertad de movimientos que tenía por esta relación de confianza, entraba en la habitación de las menores cuando estaban solas dentro de la estancia y les hacía tocamientos en las partes íntimas por debajo de la ropa.

La misma conducta también la tuvo cuando hacía estiramientos con alguna de las víctimas en el gimnasio o cuando iban a la playa.

Con las otras dos víctimas, que son hermanastros, compartió tiempo en el verano de 2017, cuando las niñas, de entonces 11 y 13 años, fueron a pasar unos días de vacaciones con sus abuelos a Empuriabrava. El acusado era amigo de los abuelos de las menores “desde hacía años”. También perpetró los abusos aprovechando “juegos” o cuando se iban a bañar a la playa.

A la hora de condenarle, la Audiencia expone que “el hecho de que sean varias las personas que denuncian haber sufrido abusos sexuales por un mismo acusado, en un escenario similar o igual, refuerza y corrobora sus declaraciones”. “Si la declaración de cada una de ellas es por sí misma verosímil y creíble, unida a las demás adquiere mayor fuerza acreditativa y constituye un elemento de corroboración de la realidad de los hechos imputados”.

Además, el tribunal remarca que el procesado hizo un reconocimiento parcial de los hechos cuando declaró en fase de instrucción. En el juicio lo negó y lo atribuyó a un error de traducción del intérprete. La Audiencia no se lo cree y lo considera una estrategia de defensa.

La sentencia subraya también los informes psicológicos y médicos que evidencian las afectaciones psicológicas que han sufrido las víctimas: “Los informes no tratan sobre la credibilidad de las víctimas, sino sobre su estado de salud psíquica y eso, para el tribunal, constituyen indicios objetivos”. Tres de las menores han sufrido síntomas compatibles con haber sufrido abusos sexuales.

24 años, 6 meses y 3 días de prisión

La Audiencia condena al acusado como autor de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con introducción de miembros corporales con prevalimiento de la relación de superioridad, dos delitos continuados de agresión sexual a menor aprovechándose de la relación de superioridad y dos delitos de agresión sexual a menor. El tribunal le aprecia la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo que el caso ha tardado en llegar a juicio y le impone la pena de 24 años, 6 meses y 3 días de prisión. El tiempo máximo de cumplimiento de la condena es de 20 años. El procesado estaba en libertad provisional.

La sentencia también le condena a 8 años de libertad vigilada una vez salga de la cárcel y Thierry René Duboc deberá indemnizar a las cinco víctimas con un total de 69.000 euros. La sentencia no es firme y se puede recurrir interponiendo recurso al TSJC.

Total
0
Shares
Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Noticia anterior

Niños y jóvenes reciben mañana el Premio de Poesía Infantil en Tarragona

Siguiente noticia

Campuzano la lía con una encuesta de 2023: “ERC ganaría las elecciones”

Noticias relacionadas