El Ayuntamiento de Barcelona abre la puerta a que otras unidades de la Guardia Urbana puedan dotarse de Dispositivos Conductores de Energía (DCE), conocidos como pistolas eléctricas. Aunque ahora sólo se prevé que puedan hacer uso de ellos mandos de la UREP (antiaéreos) o del servicio nocturno, el redactado del proyecto de reglamento incluye un nuevo punto que recoge que “se podrá hacer extensiva la dotación de los DCE a toda la plantilla o a otras unidades policiales que cumplan con las condiciones establecidas” en función de la valoración realizada en informes oficiales anuales sobre el uso de estos dispositivos. El nuevo redactado también incorpora nuevos requerimientos en la trazabilidad en el uso de los DCE y limita “al mínimo imprescindible” el número de descargas.
El teniente de alcaldía de Seguridad, Albert Batlle, ha explicado en una atención a medios que “se han hecho algunos ajustes” en la propuesta inicial de reglamento tras incorporar alegaciones hechas por parte de los grupos municipales y también algunas entidades defensoras de los derechos humanos.
Batlle ha destacado que el reglamento que se llevará a votación es “enormemente garantista” desde el punto de vista de los derechos humanos y también de la seguridad jurídica del uso de estos instrumentos. Con la versión final del redactado, la intención del gobierno municipal es llevarlo a votación en el plenario de este mes de junio. En la aprobación inicial en marzo, la propuesta salió adelante con el apoyo del PSC, Junts, el PP y Vox, el voto en contra de BComú y la abstención de ERC.
Inicialmente, la Guardia Urbana se dotará de 22 dispositivos. Según Batlle, aunque el documento recoge la posibilidad de ampliar su uso a toda la plantilla “no tiene ningún sentido” que esto ocurra y se generalice su uso. En todo caso, ha matizado, sí se puede plantear “a través de un proceso de reflexión” que se amplíe a más unidades del cuerpo más allá de los mandos que ya se ha previsto que puedan utilizarlos una vez se adquieran. El calendario con el que trabaja el consistorio es que puedan empezarse a utilizar en el verano de 2026, de aquí a un año. Antes se hará una formación específica a los mandos que se canalizará a través del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña (ISPC).
Supuestos de utilización
En el apartado de supuestos de utilización, las novedades en el borrador del proyecto de reglamento son la limitación o prohibición explícita de los DCE cuando la persona se encuentre inmovilizada o encerrada bajo custodia policial en las dependencias policiales así como cuando la persona muestre una resistencia “meramente pasiva” a las órdenes policiales.
Por el contrario, no se ha incorporado la petición de entidades como Amnistía de prohibir el uso de las pistolas eléctricas en todos los casos de los menores de edad y se mantiene la prohibición sólo en los menores de 14 años. En cuanto a las manifestaciones, queda prohibido o limitado el uso del DCE en aquellas “de un número elevado de personas”.
En el apartado relativo a la formación, se especifica que el personal policial autorizado recibirá una especial formación y capacitación en el abordaje y reducción de manera segura a las personas en relación a dar una respuesta adecuada a los incidentes de personas que atraviesan una crisis de salud mental. Algunas entidades habían expresado su “profunda preocupación” si los dispositivos se utilizan en personas con sufrimiento psíquico o problemas mentales.
Más garantías en el uso y la trazabilidad
El texto que prevé llevarse a votación incorpora nuevas garantías para el uso y también para la trazabilidad de los aparatos. Por ejemplo, en el apartado de normas básicas de seguridad se incorpora que “de acuerdo con los principios de proporcionalidad y de necesidad se debe limitar el número de descargas del DCE al mínimo imprescindible y necesario para conseguir la contención de la amenaza”.
También en los requerimientos técnicos de los dispositivos, se añade que estos deben disponer de mecanismos de limitación automática y manual de la duración de la descarga “que se sitúa en un máximo de 5 segundos”. El texto anterior decía que la duración “referencialmente” se situaba en 5 segundos. Por otro lado, todos los dispositivos deberán incorporar un sistema de captación de imágenes, “preferiblemente de activación automática al desenfundarla”, que grave todos sus usos.
Además, los dispositivos deberán incorporar elementos tecnológicos “que permitan la trazabilidad y el control posterior del uso, en todos los casos y circunstancias de uso, con datos precisos sobre la hora de la actuación, hora de la activación del DEC, el número de descargas, la duración de cada una y el lapso de tiempo entre descargas”.
También se concreta que el órgano de la GUB que tenga la función de evaluador de conductas éticas y deontología deberá elaborar un informe que recoja elementos como número de casos en los que se ha hecho uso y táctica operativa, tipología de incidentes, lesiones causadas, etc. El informe deberá comunicarse a la Sindicatura de Greuges y publicar de acuerdo con las normas de transparencia.
Además, se incorpora una disposición adicional para que se emita un informe de evaluación en el periodo de un año desde el momento de la autorización de la dotación sobre el tipo de dispositivo implementado, las características de la formación y contenidos, etc.