Sancionado con 90.000 € por anunciar un piso de alquiler exigiendo 'ser español' en Barcelona

13 de julio de 2022 a las 17:53h

Una jueza de Barcelona ha ratificado la sanción de 90.001 euros interpuesta por el Ayuntamiento de Barcelona a un agente de la propiedad inmobiliaria por anunciar un piso de alquiler que incluía "como requisito ser 'una persona española". En un comunicado este miércoles, el mismo Ayuntamiento ha explicado que desde el consistorio comunicaron al agente la sanción "por vulnerar la Ley Catalana del Derecho a la Vivienda y contravenir la legislación internacional y europea en materia de derechos humanos", que recurrió al juzgado contencioso-administrativo. La Oficina para la No Discriminación (OND) detectó los hechos en octubre de 2019 a raíz de una denuncia de un ciudadano a través del sistema de quejas del Ayuntamiento, en la cual advertía sobre la información en forma de anuncio de alquiler de viviendas en el portal publicitario Idealista y solicitaba que se resolviera "si el contenido podría ser constitutivo de una situación de discriminación en igualdad de acceso y ocupación de la vivienda". Después de analizar el anuncio, la OND transmitió el expediente a la Unidad de Disciplina y antiacoso Inmobiliario municipal, que incoó expediente sancionador contra los anunciantes, agentes de la propiedad inmobiliaria y el portal Idealista, porque la oferta publicada se presentaba "con una definición de perfil identificando: 'personas estudiantes, españolas, con contrato indefinido', excluyendo, por lo tanto, a los colectivos nacionales de otros países que no sean España". El ente consideró así que la oferta excluía del acceso a la vivienda a un colectivo de personas por razón de su origen, en contra de la ley 18/2007 de 28 de diciembre del derecho a la Vivienda, que "tipifica como muy grave (art. 123.2.a) llevar a cabo acciones u omisiones que comporten acoso o discriminación en el uso de la vivienda". El Ayuntamiento ha explicado que tramitó entonces el expediente, hasta llegar a la resolución definitiva --con una sanción de 90.001 euros para los infractores--, que fue impugnada ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo y que se ha pronunciado respecto a una de las tres partes denunciadas. "Esta sentencia es la primera que se pronuncia sobre este asunto, y se convierte en la primera en el estado español dictada por discriminación en el acceso a la vivienda en ejercicio de la tutela administrativa", ha valorado el consistorio.