El juzgado de primera instancia e Instrucción número 5 de Mollet del Vallès ha perdonado una deuda de 48.475 euros a un vecino del municipio con discapacidad psíquica en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.
En la sentencia, el juez señala que el hombre no puede devolver con sus actuales ingresos todos los créditos asumidos con diferentes entidades financieras, y por eso le concede el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, sin que ninguno de sus acreedores se haya opuesto. Marta Bergadà, de Bergadà Asociados, recuerda que los acreedores de su cliente, a pesar de ser conscientes de su “inestabilidad emocional”, le ofrecieron préstamos y tarjetas cuando no era consciente de sus actos y que después lo “acosaron” para que los devolviera.