Mataró somete a información pública el anteproyecto de la Ordenanza de Movilidad

24 de febrero de 2021 a las 10:50h

El Ayuntamiento ha abierto el plazo de información pública para dar a conocer la propuesta de anteproyecto de Ordenanza de Movilidad. El anteproyecto, aprobado por decreto, se presentó la semana pasada a los grupos municipales y al Consejo de Movilidad y, hasta el 10 de marzo, la ciudadanía en general puede consultarlo y hacer aportaciones. Para la elaboración del anteproyecto se ha tenido en cuenta la consulta pública previa que se realizó del 23 de septiembre al 7 de octubre. En este trámite participaron 24 personas dando su opinión, mostrándose a favor de reservar las aceras para los peatones, favorecer la movilidad de peatones y bicicletas, limitar la circulación de los vehículos de movilidad personal en la calzada y en las vías ciclistas, regular el tratamiento residual de los vehículos y potenciar la red de Mataró Bus. Nueva movilidad, nuevas normas El Pacto por la Movilidad de Mataró, firmado en julio de 2016 por todos los grupos municipales, y el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Mataró 2018-2024, que se presentará al Pleno de marzo para su aprobación definitiva, marcan los criterios para equilibrar y conciliar las necesidades de movilidad con la exigencia de calidad de vida urbana de los vecinos y vecinas, priorizando la movilidad no motorizada, fomentando el transporte público y reduciendo el uso del vehículo privado. La futura Ordenanza de Movilidad deberá dar respuesta a los nuevos modelos de movilidad que en los últimos años han entrado en juego, a la actualización del marco normativo, y a las demandas y expectativas de la ciudadanía. En este marco, una revisión de la actual Ordenanza municipal de Circulación y Transporte de mercancías peligrosas era insuficiente, y se ha apostado por una nueva normativa que dé soluciones a las demandas actuales y se anticipe a la movilidad del futuro. Principales novedades El anteproyecto de Ordenanza de Movilidad consta de un Preámbulo y de 150 artículos distribuidos en un Título Preliminar y 11 Títulos. Asimismo, también contiene una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, una disposición final y 11 anexos. Algunas de las novedades más destacadas sobre cada uno de los once títulos, respecto a lo regulado en la vigente Ordenanza de Circulación y Transporte de mercancías peligrosas, son las siguientes:

  • Sobre las normas generales, seguridad vial, regulación y control del tráfico: la seguridad vial es uno de los ejes vertebradores del anteproyecto de Ordenanza. Se da una especial protección a los colectivos más vulnerables. También se incorporan los medios tecnológicos a las tareas de gestión y de vigilancia del tráfico.
  • Sobre los peatones: en las zonas de peatones, incluidas aceras, andenes y paseos, la circulación queda reservada a los peatones. También se establece su prioridad de circulación en las islas de peatones, en las calles residenciales y en las Zonas 30. Se delimita la isla de peatones de la zona Centro de Mataró.
  • Sobre los vehículos y artilugios mecánicos: la propuesta de ordenanza incorpora las últimas modificaciones del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de Vehículos.

Se prohíbe la circulación de bicicletas por las zonas de peatones, excepto que la persona conductora sea menor de 12 años y lo haga acompañada de un adulto a pie, a una velocidad que no supere los 5 km/h y manteniendo una distancia de seguridad de 1 metro respecto de los peatones. En la calzada, las bicicletas podrán ocupar la parte central del carril de circulación que estén utilizando. En cuanto a los vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos y equiparables) se establece la edad mínima de 16 años para conducirlos y el uso obligatorio del casco de protección homologado. Se prohíbe su circulación por las zonas de peatones y por la calzada de las vías que tienen limitada la velocidad a 50 km/h. También se prevé habilitar un registro municipal de este tipo de vehículos. Se regulan las condiciones específicas de circulación de bicicletas y otros ciclos, y de vehículos de movilidad personal destinados a una actividad económica. Los artilugios mecánicos (patines, monopatines, patinetes no eléctricos, etc.), pueden circular por las aceras y calles residenciales a una velocidad adaptada a paso de persona, y se establece el uso obligatorio del casco de protección homologado para las personas menores de 16 años.

  • Sobre el transporte público de viajeros y otros servicios: Se sujeta a autorización municipal el servicio de transporte público discrecional consolidado con itinerario reiterado y exclusivo dentro del término municipal de Mataró. También se introduce el marco regulador de servicios de movilidad urbana compartida sin base fija (o sharing).
  • Sobre la señalización y ordenación del tráfico: de acuerdo con la vigente normativa sectorial, se establece la reducción del límite máximo de velocidad a 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y la posibilidad de establecer también este límite en vías de dos o más carriles por sentido de circulación. Se recoge la potestad para establecer Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y se regulan las restricciones de circulación por motivos medioambientales que deberán adoptarse mediante decreto.
  • Sobre las paradas y estacionamientos: se prohíbe el estacionamiento en el mismo lugar de la vía pública durante más de 15 días consecutivos como forma de limitar el estacionamiento indefinido, que a menudo es la situación previa al abandono de vehículos. Asimismo, se regula el régimen especial de estacionamiento para motocicletas y ciclomotores, bicicletas y otros ciclos y vehículos de movilidad personal, en función de si se encuentran o no destinados a una actividad económica que requiere de una flota de vehículos y que, con carácter general, se realizará en las zonas de reserva autorizadas.
  • Sobre las zonas de estacionamiento regulado: incluye la regulación de la zona azul (con control horario y tarifario) y de la zona naranja (con control horario), donde el control se podrá realizar tanto por medios personales como tecnológicos. Se regula también el régimen especial de residente.
  • Sobre las zonas de reserva: se diferencia entre las reservas dotacionales, que se establecen por razones de interés público y en beneficio general (por ejemplo, las destinadas a auto taxis), y las reservas no dotacionales, que se establecen en beneficio particular y bajo petición (por ejemplo, las destinadas a centros sanitarios o asistenciales).
  • Sobre las zonas de distribución urbana de mercancías: se regulan las recientemente creadas zonas DUM como espacio de carga y descarga específico de mercancías para profesionales, y se prevé habilitar un sistema de identificación electrónica de los vehículos y operadores autorizados.
  • Sobre la circulación de vehículos con transporte de mercancías peligrosas: se recoge la regulación que establecen la normativa europea y española y por tanto, entre otros, se reduce a 40 km/h el límite de velocidad para las vías urbanas de Mataró.
  • Sobre la disciplina vial: se contempla la posibilidad de abrir expedientes sancionadores por abandonar vehículos en la vía pública en aplicación de la normativa de gestión de residuos, para disuadir de esta mala praxis que colapsa la vía pública, y reducir los plazos para su retirada. Se regula la posibilidad de reutilizar en actividades municipales o en cualquier otro tipo de actividad no lucrativa bicicletas y otros ciclos y vehículos de movilidad personal, que hayan sido abandonados y se encuentren en buen estado o puedan ser reparados.
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