El juzgado de primera instancia número 57 de Barcelona ha condenado a una compañía de seguros a pagar cerca de 45.000 euros a una mujer atropellada por un patinete eléctrico en el año 2021, así como 27.500 euros adicionales en intereses, lo que eleva la indemnización total a más de 70.000 euros.
Los hechos tuvieron lugar el 29 de marzo de 2021, en la calle Aragón, cuando la víctima pretendía acceder a un taxi en una parada señalizada. Para llegar a él, cruzó el carril bici, donde había una señal de prioridad para el peatón, momento en que el patinete la arrolló con fuerza. Según la defensa —del bufete Vosseler Advocats—, el impacto la desplazó dos o tres metros hacia atrás hasta caer al suelo, provocándole lesiones en la cara y en el hombro. Un taxi situado detrás registró el accidente.
La magistrada declara que la aseguradora ha de responder por los daños físicos, psicológicos y estéticos, incluyéndose dolores postraumáticos, trastorno de estrés postraumático, pérdida de agudeza auditiva, secuelas funcionales y las sesiones de fisioterapia necesarias. También reconoce una pérdida leve de calidad de vida derivada del siniestro
La sentencia remarca que la parte demandada no presentó ninguna oferta motivada de indemnización a pesar de la reclamación extrajudicial presentada por la víctima en febrero de 2023, motivo por el cual se imponen los intereses moratorios previstos en la Ley de Contrato de Seguro
Desde el bufete alertan del “grave riesgo” que supone circular con Vehículos de Movilidad Personal (VMP) sin seguro, ya que en caso de accidente el conductor debe asumir personalmente los daños causados.
Cuando se produjo el accidente, el seguro no era obligatorio. Posteriormente, el Ayuntamiento de Barcelona lo estableció para empresas y recomendó su uso para particulares, mientras que la obligatoriedad estatal para todos los usuarios entrará en vigor el 2 de enero de 2026. La resolución no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Barcelona.