Un jurado popular ha declarado culpable por unanimidad al acusado de asfixiar a su mujer y tirarla al mar, en el Puerto de Barcelona, dentro de su coche en junio de 2015. Ocho de los nueve miembros del tribunal popular han considerado demostrado que el hombre le dio un fuerte golpe en la cara a la víctima, lo que le habría hecho disminuir los reflejos, y la habría ahogado con el antebrazo desde atrás. Por ello, y como no había signos de defensa, consideran que la atacó por sorpresa. Siete de los nueve miembros del jurado han considerado que la mató intencionada y voluntariamente y que habría actuado con alevosía, aprovechándose de la confianza de la víctima. Ocho de los nueve miembros han votado que el hombre atacó a la mujer por sorpresa y por la espalda.
Según la fiscalía, el acusado, Tomás A.G., de 51 años, conoció a la víctima en la primavera de 2014, y en septiembre se casaron. A principios de 2015 empezaron a surgir problemas de convivencia porque los dos estaban parados y tenían problemas económicos. De hecho, debían al menos dos recibos del alquiler del piso de La Garriga (Vallès Oriental) donde vivían y donde constaba el marido como titular. En febrero de ese año, la mujer encontró trabajo como subdirectora de una clínica dental de Mollet del Vallès, pero los problemas continuaron porque el hombre seguía en el paro y, según la mujer, no tenía ganas de encontrar trabajo. Tuvieron momentos de tensión y en un momento determinado la mujer se marchó de la casa y se fue a vivir más cerca del trabajo, lo que comunicó a su entorno, como a su exmarido, sus dos hijos, una compañera de trabajo o una vecina. Según siete de los nueve miembros del jurado, entre las 3 de la madrugada y las 6.30 de la mañana del 26 de junio de 2015, el hombre habría dado un golpe en el pómulo de la mujer, que le habría ralentizado los reflejos y después la estranguló con su antebrazo, apretándole fuertemente el cuello. Acto seguido, el acusado introdujo el cadáver en el asiento trasero del coche de su esposa, un Hyundai Getz blanco, lo envolvió y lo llevó hasta el Puerto. Una vez allí, desenvolvió el cuerpo, lo puso en la parte delantera del coche y encaró el vehículo hacia el mar para que cayera en la zona del Muelle Contradique Este. En un primer momento, el barro que hay en el fondo del Puerto de Barcelona impidió a los submarinistas ver el cuerpo sin vida de la mujer, que se encontró una vez reflotado el coche con una gran grúa. La zona donde se precipitó el vehículo es de acceso restringido y necesita autorización. El jurado ha basado su veredicto en las pruebas forenses, que indican una compresión mortal del cuello con el antebrazo, la evidencia de un golpe en el pómulo izquierdo de la víctima, la presencia de ADN del acusado bajo las uñas de la víctima y la ausencia de golpes defensivos, cortes, huesos rotos o hematomas en el cadáver, lo que supondría que fue atacada por sorpresa y no pudo defenderse. Además, los vecinos tampoco oyeron gritos ni golpes aquella noche, lo que supondría que el ataque mortal se produjo sin pelea previa. También se han basado en varios testimonios, como un agente de la Policía Portuaria que reconoció, en foto y en rueda de reconocimiento, al acusado y dijo que lo había visto en la zona del crimen. Además, varios testimonios del entorno de la víctima corroboraron que el matrimonio discutía por las dificultades económicas. El jurado se ha opuesto por unanimidad a la posibilidad de un indulto o una suspensión de la pena. El hombre fue arrestado el mismo día de la muerte y permanece en prisión desde entonces. La fiscalía pedía inicialmente 14 años de prisión por homicidio, pero a la vista del veredicto del jurado, que supone un delito de asesinato con alevosía y el agravante de parentesco, ha aumentado la petición de pena hasta los 21 años. Una acusación particular ha pedido 25 años de prisión, la popular, también, y otra acusación particular ha pedido 20 años de prisión. La defensa ha pedido la mínima pena.