¿Qué podemos hacer durante el toque de queda?

26 de octubre de 2020 a las 10:45h

El toque de queda en Cataluña se aplica entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, una vez que el gobierno español ha aprobado el estado de alarma que da cobertura jurídica a las restricciones de movilidad. Aparte del toque de queda, la Generalitat ha decidido que los comercios cierren, como muy tarde, a las 9 de la noche.

El consejero de Interior, Miquel Sàmper, acompañado de mandos del cuerpo de Mossos d'Esquadra y de Protección Civil, ha dado todos los detalles del toque de queda en una rueda de prensa.

Horarios de confinamiento y de cierre

El confinamiento nocturno marca dos franjas horarias claras: de 10 de la noche a 6 de la mañana no se puede salir a la calle en todo el país. Y a las 9 h, los establecimientos de servicios, comercio minorista y restauración deberán cerrar para facilitar la vuelta a casa.

En el caso del servicio a domicilio, se permite hasta las 10 de la noche pero se mantiene las 9 como hora límite para los clientes que vayan a buscar la comida al establecimiento.

También quedarán cerrados a las 9 de la noche los espectáculos públicos, actividades recreativas y deportivas autorizadas. La excepción serán las actividades culturales (cines, teatros y auditorios), que podrán terminar a las 10 y se permitirá el regreso hasta las 11 de la noche.

El secretario general del Deporte, Gerard Figueras, ha explicado que la secretaría ha pedido al Procicat que el horario de cierre de instalaciones deportivas fuera como el de los espectáculos culturales, a las 22 horas, pero su demanda ha sido "desestimada".

Excepciones: espectáculos, vuelta a casa y pasear al perro

¿Quién podrá estar en la calle fuera de los horarios permitidos? La Generalitat establece ocho excepciones:

- Asistencia sanitaria de urgencia - Adquisición de productos en la farmacia por razón de urgencia (la más próxima al domicilio). - Desplazamiento para ir y volver del trabajo, con el correspondiente certificado de la empresa. - Desplazamientos de profesionales y personal voluntario acreditado, para realizar servicios esenciales, sanitarios y sociales. - Cuidado de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inaplazables. - Actuación urgente ante órganos judiciales. - Regreso al lugar de residencia habitual en caso de viaje. - Otras causas de fuerza mayor u otra situación de necesidad justificada.

El Procicat también incluye dos excepciones: el cuidado de los animales de compañía y los espectáculos culturales. Se podrá sacar a pasear al perro entre las 4 y las 6 horas de la mañana siempre que se haga el mínimo desplazamiento imprescindible, de forma individual y próximo al domicilio.

El gobierno también permitirá que los espectáculos terminen a las 22 horas y que los asistentes puedan volver a casa hasta las 23. Para justificarlo, el Departamento de Interior ha recomendado que se conserven los tickets y entradas de las funciones.

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