El juzgado contencioso 17 de Barcelona ha anulado cautelarmente una multa que impusieron a una mujer en la ciudad durante el estado de alarma porque fue declarado inconstitucional.
"Sería un contrasentido no suspender la ejecutividad de la sanción porque se ejecutaría una resolución nula", expone el juez en la sentencia que ha consultado Europa Press.
El juez comparte que la petición de anular la sanción está "absolutamente indocumentada y carente de toda fundamentación, por lo que en una situación normal se debería desestimar".
No obstante, recuerda que el Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el decreto de estado de alarma que limitó la movilidad y amparó la multa en cuestión.
El TC declaró inconstitucional el confinamiento durante el primer decreto de estado de alarma que prohibía circular caminando o en vehículo salvo algunas excepciones.