El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha el proceso para aprobar una nueva ordenanza que regule los mercados ocasionales, de vendedores ambulantes y puestos individuales en el espacio público. Esta iniciativa se enmarca en la adaptación a la ley 18/2017 de comercio, servicios y ferias, que obliga a los municipios a establecer un régimen claro de autorización y funcionamiento de este tipo de actividad comercial.
Eliminación de las licencias colectivas e introducción de permisos individuales
Esta normativa supondrá la desaparición progresiva de las licencias colectivas, sustituidas por el otorgamiento de licencias individuales con una vigencia inicial de 15 años, prorrogables por el mismo período. Este cambio afectará principalmente a los vendedores ambulantes vinculados a las autorizaciones colectivas vigentes que hayan ejercido actividad durante al menos el último año.
El objetivo es garantizar una mayor transparencia y equidad en el acceso al sector, así como asegurar la viabilidad económica de los profesionales que desarrollan la venta no sedentaria en las calles barcelonesas. Además, se establecerá un período transitorio de un año para que las actuales licencias puedan adaptarse al nuevo marco regulador.
Proceso participativo y tramitación administrativa
A partir del próximo lunes se abrirá un plazo de consulta pública previa destinado a recoger aportaciones tanto de los agentes implicados como del conjunto ciudadano. Posteriormente, se procederá a tramitar la aprobación inicial del texto normativo, que será sometido a exposición pública antes de llegar a su debate definitivo en el Consejo Plenario municipal. La previsión es que esta ordenanza entre en vigor durante el primer trimestre de 2027.
Evaluación técnica y criterios para nuevas autorizaciones
Ante posibles nuevas demandas o necesidades de ampliar el número de mercados no sedentarios, las futuras licencias serán otorgadas mediante procesos competitivos organizados por cada distrito, responsable final de conceder permisos relacionados con ferias y mercados dentro de su ámbito territorial.
Estos procedimientos valorarán aspectos como capacidad operativa, cumplimiento legal y seguros obligatorios, experiencia profesional acreditada, vinculación local con el distrito correspondiente, equilibrio comercial entre oferta existente y demanda social, promoción de productos ecológicos o de proximidad, venta directa productor-consumidor y medidas sostenibles medioambientales. También se tendrán en cuenta criterios relacionados con la seguridad física de los puntos de venta.
Se establecerá un límite máximo de una parada autorizada por titular, con obligación del pago anual correspondiente a tasas municipales.
Mantenimiento de los mercados actuales y regularización previa
Durante 2025 ya se llevó a cabo una revisión integral destinada a regularizar todas las autorizaciones existentes según los requisitos fijados por la legislación catalana. La nueva ordenanza especificará detalladamente condiciones relativas al lugar de ubicación de los mercados, periodicidad de actividades, número máximo de paradas disponibles así como horarios establecidos y requerimientos sanitarios específicos aplicables.
Declaraciones institucionales sobre la normativa
Raquel Gil, teniente de alcaldía encargada de Promoción Económica, Comercio y Mercados ha manifestado: “Con esta norma Barcelona dispondrá por primera vez de un marco regulador específico para los más de 70 mercados no sedentarios existentes, espacios comerciales cargados de historia que generan ocupación localmente y complementan eficazmente el tejido comercial cercano”. Gil también ha resaltado que esta iniciativa permitirá “dar cumplimiento estricto a la normativa catalana vigente mientras ofrece mayor seguridad jurídica tanto a los paradistas actuales como a los futuros”.