La Audiencia de Barcelona ha condenado a un hombre a un año y medio de prisión por atentado contra agentes de la autoridad el 18 de diciembre de 2019 durante el despliegue policial junto al Camp Nou por protestas convocadas por Tsunami Democrático.
Por estos hechos, que ocurrieron tras un Barça-Madrid en el estadio blaugrana, la magistrada también le obliga a pagar una multa de 270 euros y a indemnizar al agente con 500 euros.
La titular de la sección 7 lo ha absuelto del delito de desórdenes públicos que se le acusaba inicialmente, ya que ninguna prueba ha acreditado que el acusado haya participado de alguna manera "en los altercados que pudieran haberse producido aquel día en los alrededores del Camp Nou ni en la quema de contenedores u otro mobiliario público ni en las barricadas", según Metrópoli.
La magistrada ha declarado probado que aquel día, hacia las 22 horas, el acusado se encontraba en la confluencia de las calles Travessera de Gràcia con Arístides Mallol de Barcelona, donde se desplegó el dispositivo policial para la disputa del partido de fútbol, evento que había sido aprovechado por la plataforma Tsunami Democrático para convocar manifestaciones cerca del Camp Nou.
Finalizado el partido, en la confluencia de aquellas calles había personas sentadas en la calzada que impedían el avance de dos furgonetas de la Brigada Móvil de los Mossos, y los agentes tuvieron que bajar del vehículo para poder abrirse camino, momento en el que un grupo "comenzó a increpar a los agentes y a lanzarles objetos". En ese momento, "con evidente desprecio al principio de autoridad", la magistrada ha explicado que el acusado lanzó un objeto de plástico hacia los agentes, aunque no llegó a impactarles. Seguidamente, se abalanzó sobre uno de ellos y le propinó una fuerte patada en la zona lumbar, y otro agente que intentó impedirlo también recibió una patada por parte del acusado.
Dos agentes que habían presenciado los hechos, siguieron al acusado y procedieron a su detención hacia las 23 horas, "encontrándole en el bolsillo de la chaqueta una piedra roja tipo ladrillo". La jueza ha concluido que la acción del acusado "implica voluntad y conciencia de menospreciar y obstaculizar la actuación de los agentes de la autoridad cuando era evidente que se encontraban en el ejercicio de sus funciones".