Absuelven al ex alcalde de Sabadell Manuel Bustos de omisión de persecución de delito

La jueza descarta la culpabilidad de los ex jefes de la Policía Municipal y de Urbanismo en la pieza 33 del Caso Mercurio

24 de abril de 2024 a las 13:14h

La titular del juzgado penal 2 de Sabadell ha absuelto al ex alcalde de la ciudad Manuel Bustos, al ex jefe de la Policía Municipal, Josep Miquel Duran, y al ex jefe de Urbanismo, Manuel Somoza, por un posible soborno en beneficio del portavoz del PP en 2010, Jordi Soriano. Es la sentencia de la pieza 33 del caso Mercurio, en la que se investigaba una gestión para silenciar a un empresario en una reunión.

En octubre se les juzgó por presuntamente haber intentado disuadir al empresario de seguir adelante con una denuncia contra el líder popular de aquella época. Ahora la jueza concluye que los tres acusados podrían haber investigado los hechos “con más entusiasmo” pero dice que no hay pruebas suficientes para condenarlos por omisión de persecución de delitos.

Los hechos se remontan al 3 de junio de 2010, cuando Bustos, Somoza y Duran se reunieron en el Ayuntamiento de Sabadell con un empresario que habría asegurado que podía hacer unos vertidos de tierra en una zona de la ciudad donde no tenía permiso para hacerlo. Concretamente, el empresario habría respondido con improperios a los responsables del espacio cuando le comunicaron que no podía dejar allí las tierras, asegurando que tenía contactos en el Ayuntamiento, que "tenía mano", y que acabaría saliéndose con la suya.

Los inspectores abrieron un expediente por aquellos vertidos sin licencia. Una vez le llegó la situación a Bustos, según el escrito de Fiscalía, el alcalde habría trasladado estos datos al jefe del área de Urbanismo del Ayuntamiento, Manuel Somoza, con quien habría acordado, según el ministerio fiscal, "silenciar los hechos" y no emprender ninguna actuación que permitiera investigar y perseguir el supuesto delito.

Concretamente, Bustos y Somoza se reunieron el 3 de junio de 2010 con el empresario, en un encuentro en el que también participó el entonces jefe de la Policía Municipal, Josep Miquel Duran, y el responsable de la asesoría jurídica del consistorio, Marcel Galofré. El argumento para atraer al empresario habría sido el acta levantada por el vertido de tierras y la apertura de un expediente de legalidad urbanística.

En la reunión se abordó la relación que habría relatado del empresario con un cargo electo, según el escrito Jordi Soriano, pidiéndole explicaciones de por qué estaba acusándolo, y amenazándole con que sería mejor no remover el tema "por sus intereses empresariales en Sabadell", según relata en el escrito la Fiscalía. Esto habría disuadido al hombre de hacer público los hechos, motivo por el cual el Ayuntamiento -según el fiscal- no habría hecho ningún movimiento para perseguir las presuntas irregularidades, incumpliendo así su deber como representantes públicos conocedores de una irregularidad, todo siempre según el ministerio fiscal.

Por todo ello, tanto la Fiscalía como la acusación de la Plataforma Sabadell Lliure de Corrupció habían pedido una pena de inhabilitación de cargo público para Bustos, Duran y Somoza de 2 años.

Ahora, sin embargo, la jueza no considera probada la comisión de los hechos por parte de los acusados al "no haberse practicado prueba de cargo suficiente que desvirtúe la presunción de inocencia". Según la sentencia que ha podido consultar la ACN, la magistrada afirma que “queda acreditado” que los tres acusados sabían que podía haber un trato de favor del concejal del PP hacia un empresario y dice que actuaron “para aclarar y comprobar” si era real.

Afirma que los investigados “comenzaron las indagaciones” para averiguar si el rumor sobre estos beneficios era verdad, las cuales admite que “es evidente que fueron insuficientes”. “Las indagaciones podrían haber sido más entusiastas, pero los hechos probados no recogen una manera de actuar clandestina por parte de los acusados, sino que hicieron pesquisas para aclararlo”, apunta la jueza, que determina que “no queda acreditado que hicieran una patente dejadez de sus funciones”.

En este sentido, la jueza señala que los tres acusados tuvieron un “exceso de confianza” ante el escenario que encontraron una vez hechas las primeras reuniones y afirma que “no dedicaron más esfuerzos a hacer una investigación adecuada a la altura de los cargos que ocupaban”.

A pesar de las críticas, la jueza determina que “en ningún caso se acredita que hubiera una omisión de persecución de delitos manifiesta y total” y reafirma que “no queda suficientemente acreditado que los acusados lo omitieran intencionadamente”.

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