Una patrulla de los Mossos d'Esquadra achacó al acusado conduciendo un coche por una calle de Tordera el 26 de abril de 2022. Lo hacía a pesar de tener el carné retirado, después de que el Juzgado de instrucción 1 de Girona le hubiera impuesto, el 4 de enero del mismo año, la prohibición de llevar vehículos durante 1 año y 8 meses.
El hombre fue acusado por la fiscalía de un delito de conducción sin permiso o licencia con la agravante de multirreincidencia y pedían una condena de 8 meses de prisión. La defensa, en cambio, pedía que se le absolviera.
Ahora el Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar ha dado la razón a la defensa, ya que consideran que no se ha probado que el acusado "fuera requerido del cumplimiento de la pena impuesta, ni que tuviera conocimiento de la liquidación de la condena, así como de la fecha de inicio de la privación del derecho a conducir vehículos".
El procesado no se presentó al juicio, donde sí testificó uno de los mozos que lo detuvo e identificó. El juzgado remarca que en los documentos consta que se notificó la sentencia, pero admite que el acusado "no fue debidamente requerido para el cumplimiento de la pena impuesta". Es por ello que se ha dictado una sentencia absolutoria, concluyendo que "teniendo en cuenta la falta de prueba sobre el conocimiento de la prohibición, no puede quedar enervada la presunción de inocencia".
