El Comú de Encamp pone en funcionamiento un nuevo trámite por internet, en este caso para hacer la declaración del impuesto sobre los rendimientos arrendatarios que, como novedad, se podrá pagar también por internet directamente en el momento de hacer el trámite online.
Hasta el momento este trámite se hacía principalmente de forma presencial y se enviaba una carta a la titularidad catastral obligada a presentar la declaración. A partir de este año con el avance en la implementación de la administración electrónica, se ahorrará el envío de más de 30.000 cartas y se facilitará a los propietarios la tramitación y pago por internet con certificado electrónico. Quien prefiera hacer la declaración y el pago presencialmente en el comú lo podrá hacer también en las oficinas de Trámites, tanto en Encamp como en el Pas de la Casa de 9 ha 16 h.
Este nuevo trámite se suma a los 30 ya existentes que se pueden realizar en el Comú de Encamp de forma telemática, y que próximamente ascenderán a 43, ya que durante el próximo año se prevé una ampliación de 13 nuevos trámites telemáticos.
¿Cómo realizar la tramitación y el pago del impuesto sobre los rendimientos arrendatarios?
Para hacer la declaración del impuesto sobre los rendimientos arrendatarios por internet se podrá hacer a partir de hoy lunes 4 de abril, y será necesario disponer de certificado electrónico.
En caso de no disponer de certificado digital/firma electrónica, los particulares pueden acudir al Comú de Encamp para obtenerlo, llevando sólo el pasaporte, y en el caso de una empresa el certificado electrónico se obtiene en Govern. En ambos casos es gratuito. Aquí encontrará toda la información sobre cómo obtener el certificado digital o firma electrónica.
Para acceder al trámite de la declaración, se debe hacer clic en este enlace. Una vez identificados dentro de la plataforma web, aparecerán las propiedades para realizar la declaración donde será necesario introducir el importe de los rendimientos que ha generado cada una de ellas. El pago se podrá realizar a continuación, por internet mediante un pago electrónico por tarjeta bancaria, o bien, en el caso de que el obligado tributario quiera que el pago se realice mediante un recibo bancario girado por el Comú, se deberá especificar marcando la cruz correspondiente en el formulario web e introducir el número de cuenta corriente IBAN.
El Comú recuerda a todos los titulares de una propiedad que aunque el rendimiento obtenido sea 0 tienen la obligación de presentar la correspondiente declaración igualmente.