El ministro de Finanzas y Portavoz en funciones, Cesar Marquina, ha informado este miércoles en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2022 comenzó el 1 de abril y se extenderá hasta el 2 de octubre de este año. Así, los obligados tributarios pueden consultar, aceptar o modificar las propuestas de liquidación emitidas por el Departamento de Tributos y de Fronteras a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Andorra.
Marquina ha avanzado que se espera que hagan la declaración unas 21.500 personas, de las cuales 19.000 mediante la Sede Electrónica. El Departamento de Tributos y de Fronteras ha emitido un total de 48.452 propuestas de liquidación, de las cuales 33.298 son de resultado cero, 11.554 tienen resultado a pagar y 3.600 resultado a devolver.
Se estima que los ingresos resultantes de esta campaña sean de 21,5 millones de euros.
El Departamento de Tributos y de Fronteras pone a disposición de los contribuyentes los medios necesarios para ayudarles en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. En concreto, las personas pueden pedir cita para obtener información de carácter tributario y asistencia en la cumplimentación de la declaración, y trasladar sus dudas telefónicamente o por correo electrónico. Además, se puede consultar toda la información necesaria correspondiente al impuesto en el apartado de IRPF de la Sede Electrónica.
Como novedad de esta campaña, los obligados tributarios del IRPF que declaren rentas de actividades económicas y deban depositar las cuentas anuales, podrán cumplir con la obligación informando todos los modelos contables en el mismo trámite de la declaración del impuesto.
Por otro lado, dando continuidad a la mejora del ámbito telemático iniciado por la Administración en 2019, se ha habilitado en la Sede Electrónica la presentación de los formularios correspondientes a las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (310 y 340), al pago a cuenta del IS (810) y fraccionado del IRPF (320), y las declaraciones de retención e ingreso a cuenta del IRNR (710) y de liquidación de las rentas obtenidas en Andorra por no residentes fiscales (700).