Andorra prorroga las ayudas al alquiler y a las hipotecas de ocio nocturno y agencias de viaje

02 de septiembre de 2021 a las 07:29h

El Gobierno ha aprobado, a propuesta del ministro de Presidencia, Economía y Empresa, Jordi Gallardo, el Decreto de prórroga del programa extraordinario de ayudas al alquiler y a las cuotas hipotecarias de establecimientos autorizados como pubs, discotecas, salas de baile o similares y agencias de viajes, durante el mes de septiembre. Además, todas las empresas que ya hayan solicitado la ayuda el mes de agosto, se les renovará automáticamente a no ser que especifiquen lo contrario.

Así, y teniendo en cuenta que el ocio nocturno continúa en una situación de cierre obligatorio y que las agencias de viajes siguen manteniendo una actividad muy limitada debido a las restricciones de movimiento establecidas por varios Estados, el ministro Portavoz y de Finanzas, Eric Jover, ha apuntado que "el Gobierno prorroga un mes más el programa de ayudas específico para minimizar el impacto de los gastos de alquiler o las cuotas hipotecarias en sus negocios".

De este modo, el porcentaje de ayuda es del 75% del importe del alquiler mensual del local comercial para todos los comercios o negocios de ocio nocturno en la categoría de pubs, salas de baile, discotecas o similares. Las ayudas se aplican sobre la mensualidad completa del mes de agosto o sobre la parte proporcional del mismo.

La ayuda es del 50% del importe del alquiler mensual del local comercial para todos los comercios o negocios que, en la descripción detallada de la actividad, tengan la mención de agencia de viajes de manera exclusiva. Las ayudas se aplican sobre la mensualidad completa del mes de agosto o sobre la parte proporcional del mismo.

En el caso de que el titular del comercio o negocio acredite ser el propietario del local en el que se desarrolla una de las actividades comerciales que estipula el Decreto y que se justifique documentalmente el pago mensual de una cuota hipotecaria del local, se puede solicitar una ayuda para el mes de agosto sobre esta cuota del mismo porcentaje que las ayudas al alquiler y con el mismo tope.

En cuanto al importe máximo otorgable, el importe mensual otorgado en concepto de ayuda al alquiler o la cuota hipotecaria, para los comercios o negocios de ocio nocturno en la categoría de discotecas o asimilables, no puede sobrepasar en ningún caso los 2.000 euros mensuales. El importe mensual otorgado en concepto de ayuda al alquiler o la cuota hipotecaria, para los comercios o negocios de agencias de viajes, no puede sobrepasar en ningún caso los 1.000 euros mensuales.

Prórroga de un mes de las Suspensiones Temporales del Contrato de Trabajo y Reducciones de la Jornada Laboral para el ocio nocturno y las agencias de viajes

Paralelamente, el Gobierno también ha prorrogado para el mes de septiembre el Decreto que fija los sectores económicos que, por la afectación del coronavirus SARS-CoV-2 en su actividad, se pueden seguir acogiendo a las Suspensiones Temporales del Contrato de Trabajo (STCT) y las Reducciones de la Jornada Laboral (RJL). El objetivo es paliar el impacto de la pandemia sobre las empresas que se encuentran más comprometidas por las medidas de contención sanitaria actuales, tanto desde la vertiente nacional como la internacional.

Así pues, se ha decretado que también pueden solicitar acogerse a estos dos mecanismos el ocio nocturno –pubs, discotecas, salas de baile o similares– y agencias de viajes. La medida se enmarca en la Ley de medidas excepcionales y urgentes que contempla dos supuestos para poder solicitar STCT o RJL: el primer caso es el de las actividades económicas que hayan suspendido su actividad principal de forma obligatoria por decreto del Gobierno. El segundo supuesto es el de las empresas afectadas por impedimentos que impacten negativa y sustancialmente el desarrollo de su actividad principal, ya sea por restricciones dictadas por la autoridad nacional o internacionales.

Sobre el autor
C CIUTAT
Redacció
Ver biografía
Lo más leído