El Gobierno ha aprobado, a propuesta del ministro de Presidencia, Economía y Empresa, Jordi Gallardo, el Decreto de aplicación de la Ley 34/2021 de nuevas medidas excepcionales y urgentes por la situación de emergencia sanitaria causada por la pandemia del SARS-CoV-2, en lo que respecta a actividades económicas que hayan suspendido su actividad principal de forma obligatoria por decreto del Gobierno.
Así pues –después de que el Gobierno decretara el cierre temporal del ocio nocturno para minimizar la propagación de la COVID-19– con este Decreto se da continuidad al Decreto del 1 de diciembre de 2021 y que tenía vigencia hasta el 31 de diciembre del mismo año. Éste reactivaba los mecanismos que posibilitan las Suspensiones Temporales de los Contratos de Trabajos (STCT) y/o las Reducciones de la Jornada Laboral (RJL) en los términos recogidos en la ley para el sector de ocio nocturno.
Por lo tanto, con la voluntad de minimizar los efectos de la suspensión de la actividad, el Decreto aprobado el miércoles de la semana pasada prolonga la posibilidad de acogerse a las STCT o RJL y entra en vigor el día 1 de enero de 2022 y tendrá vigencia hasta el 30 de junio del mismo año. La solicitud se puede efectuar en la página web de Trabajo y Empleo por el canal habitual.