El Gobierno de Andorra amplía las opciones de reconocimiento del nivel de lengua catalana

01 de abril de 2022 a las 09:21h

El Gobierno ha aprobado esta semana la modificación del Decreto de regulación de los diplomas oficiales de lengua catalana. Los cambios acordados tienen como objetivo ampliar el número de personas que pueden acreditar su nivel acreditándolo o bien mediante los estudios realizados en los diferentes sistemas educativos del país, o bien con los resultados obtenidos en una prueba oficial para candidatos libres.

Además, y dado que desde 2020 es necesario acreditar el nivel de catalán como requisito previo para poder participar en un proceso de selección de la Administración general, se quiere facilitar a las personas que ya tienen el nivel el reconocimiento de sus aptitudes sin que sea necesario hacer de nuevo un examen oficial.

Así pues, la primera modificación incluida en el nuevo Decreto es que cualquier alumno que haya sido escolarizado desde primer curso de segunda enseñanza hasta la finalización de la educación básica obligatoria es merecedor de un diploma de usuario básico de lengua catalana (nivel A2). Además, en función de las notas finales conseguidas, podrán solicitar el reconocimiento de un nivel superior en función de los estudios concluidos (ya sea B1, B2 o C1).

En este sentido, los alumnos del sistema educativo andorrano que terminen la enseñanza obligatoria con una nota final de A o B, podrán convalidarlo por el nivel B2; en caso de que la nota final sea de A, B o C, el nivel que podrán acreditar es el de B1. Los alumnos de bachillerato general o profesional podrán pedir el diploma de nivel C1 con una nota final de A o B, o el nivel B2 si la nota es de A, B o C.

En cuanto a los sistemas educativos francés y español, podrán pedir el reconocimiento de un nivel B1 cuando su nota final al terminar la enseñanza obligatoria sea como mínimo de 14 sobre 20 puntos para el francés, y de 7 sobre 10 para el español. En bachillerato, podrán convalidarse el título de B2 si su nota final es igual o superior a 14 puntos, para el sistema francés, e igual o superior a 7 para el español, mientras que si consiguen entre 10 y 13,9 puntos en el sistema francés o entre 5 y 6,9, el título que podrán solicitar es el de B1.

Finalmente, en el caso de las escuelas congregacionales, si la nota alcanzada al final de la enseñanza obligatoria es superior a 7, podrán solicitar el nivel B2; si la nota está entre 5 y 6,9, el título a convalidar será el B1. En el caso de los estudiantes que finalicen bachillerato con más de un 7, se les podrá reconocer el nivel C1, mientras que si obtienen entre un 5 y un 6,9 podrán acreditar el B2.

Las personas que hayan alcanzado el graduado en segunda enseñanza mediante una prueba oficial de candidatos libres, tendrán derecho a reconocer el nivel B2 si han sacado una nota mínima de 7 puntos y de nivel B1 si la nota se sitúa entre el 5 y el 6,9. Para los candidatos libres que alcancen el bachillerato o bachillerato profesional mediante prueba oficial, si la nota es de 7 el nivel a convalidar es el C1, mientras que si la nota es de entre 5 y 6,9 podrán solicitar el B2.

¿Cómo solicitar el reconocimiento del título oficial?

Las personas que puedan acreditar cualquiera de los casos anteriores deben dirigirse al Servicio de Trámites de Gobierno y solicitar el reconocimiento del título de forma gratuita.

Así, se recomienda a cualquier persona que requiera de un diploma oficial que consulte los nuevos baremos de reconocimiento interno para ahorrarse, en su caso, tener que realizar un examen oficial para acreditar sus conocimientos.

La modificación tiene carácter retroactivo desde el curso 2014-2015: todas las personas que hayan terminado sus estudios obligatorios o de bachillerato o que hayan hecho las pruebas oficiales de candidatos libres desde esta fecha pueden beneficiarse de los cambios que prevé este Decreto.

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