Andorra aprueba ayudas al alquiler hasta para quien cobra 5.500 euros mensuales

El nuevo programa del Gobierno permitirá acceder a las subvenciones a hogares con ingresos de hasta 3,5 veces el salario mínimo, siempre que el coste de la vivienda supere el porcentaje considerado asumible

17 de septiembre de 2026 a las 17:10h

El Gobierno de Andorra ha aprobado un nuevo programa de ayudas a la vivienda que amplía considerablemente el abanico de rentas que pueden optar a apoyo público para pagar el alquiler. El límite máximo de ingresos se sitúa en 3,5 veces el salario mínimo, una cantidad que, con el salario mínimo actual de 1.568,67 euros, equivale a cerca de 5.500 euros brutos mensuales.

Esto significa que una persona que viva sola y cobre un poco menos de 5.500 euros mensuales puede llegar a beneficiarse de las nuevas ayudas si cumple el resto de requisitos y el coste de su vivienda representa un esfuerzo superior al que fija el programa.

La medida no establece, sin embargo, el mismo umbral para todos. El porcentaje de los ingresos que una familia debe asumir antes de poder recibir la ayuda aumenta progresivamente en función de su renta. Los hogares situados entre 1,2 y 1,5 veces el salario mínimo tendrán un esfuerzo máximo del 30%; entre 1,5 y 2 salarios mínimos, del 32,5%; entre 2 y 2,5, del 35%; entre 2,5 y 3, del 37,5%; y entre 3 y 3,5 salarios mínimos, del 40%.

De esta manera, un hogar que ingrese, por ejemplo, 5.400 euros brutos mensuales estaría dentro del último tramo. El 40% de esta renta son 2.160 euros mensuales. Por lo tanto, para que pueda generarse una ayuda, el coste computable del alquiler debería superar este nivel. El importe final dependerá, además, de los límites establecidos por el programa.

El sistema no se limita a tener en cuenta los ingresos totales. El reglamento introduce el concepto de "renta equivalente", que pondera la composición de cada unidad familiar y el número de adultos y menores que conviven.

 

Quince años de residencia y límite de patrimonio

El nivel de ingresos no será el único requisito. Para acceder al programa habrá que acreditar un mínimo de quince años ininterrumpidos de residencia legal, efectiva y permanente en Andorra. Con las excepciones previstas reglamentariamente, los adultos que integran la unidad familiar también deberán desarrollar una actividad laboral.

Además, el patrimonio de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar no podrá superar el equivalente a diez veces el salario mínimo anual.

El programa también se extenderá a las hipotecas de la primera vivienda habitual. En este caso, podrán optar las familias que destinen más del 40% de sus ingresos a la cuota hipotecaria, siempre que el precio de adquisición de la vivienda y sus anexos no haya superado los 600.000 euros.

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