El Instituto Nacional de la Vivienda inicia el proceso para adjudicar los pisos de alquiler a precio asequible del edificio La Solana del Pas de la Casa. En total se ofrecen quince viviendas con un precio de alquiler mensual que oscila entre los 470 y los 825 euros, un importe que varía en función de elementos como la superficie o el número de habitaciones.
Las unidades inmobiliarias se encuentran pintadas de nuevo y vacías de mobiliario, mientras que la cocina consta exclusivamente de vitrocerámica, horno y campana extractora.
El edificio dispone de ascensor y también se ofrecen plazas de aparcamiento y trasteros a razón de 80 euros mensuales, sin posibilidad de cederse por separado.
Según detalla el BOPA este miércoles, pueden concurrir a esta convocatoria las personas inscritas en el registro de solicitantes de viviendas de precio asequible antes del 18 de septiembre. Asimismo, los interesados dispondrán de quince días naturales para manifestar la voluntad de participar en el proceso de adjudicación, que concluirá el próximo 3 de octubre.
En cuanto al importe del alquiler, se podrá ver incrementado en función de los ingresos del solicitante.
En este sentido, el edicto pone de relieve que “si el 30% de los ingresos de la persona adjudicataria o la unidad familiar de convivencia son superiores al precio asequible aprobado, la renta establecida para la vivienda adjudicada se incrementa hasta este importe, sin que ésta pueda superar el precio de mercado menos un 25%”.
Sin embargo, también se señala que la persona o unidad de convivencia adjudicatarias pueden solicitar una ayuda para la vivienda en alquiler –siempre que cumplan los requisitos para disfrutar- si el precio asequible inicial es superior al 30% de sus ingresos. El importe de la ayuda, pues, “se limita a la diferencia entre la renta máxima que puede pagar, equivalente al 30% de sus ingresos, y el precio asequible establecido para la vivienda adjudicada”.
El edicto concluye que no está permitida la cesión del uso de más de una plaza de aparcamiento y un trastero por vivienda.
Excepcionalmente, sin embargo, se podrán ceder dos plazas de aparcamiento y trastero, siempre que las haya disponibles y se hará por orden de petición sin que en ningún caso se pueda superar la asignación de dos plazas de aparcamiento y trastero por persona o unidad de convivencia adjudicataria.