jueves, 23 de enero de 2025
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El CSJ designa a los integrantes de la comisión de ética

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El Consejo Superior de la Justicia (CSJ) publicará el miércoles en el BOPA los nombres de los integrantes de la comisión ética, de acuerdo con las designaciones realizadas por los miembros de la carrera judicial y fiscal, tal como establece el procedimiento de designación del artículo 4.3 del reglamento ético de conducta judicial. Así, la categoría de magistrado estará formada por Alexandra Cornella e Yves Picod; la categoría de edil por David Moynat y Laura Rodríguez; y la de fiscal por Elisabet Puente y Marta Villaverde.

La comisión de ética es el órgano consultivo en esta materia pero también de asesoramiento confidencial para los voceros, magistrados y fiscales, para dar respuesta a la recomendación del Greco en relación con la evaluación de la prevención de la corrupción de los parlamentarios, de los voceros y de los fiscales. La comisión emite opiniones fundamentadas sobre casos y problemas concretos de ética que resulten de interés general, así como cualquier otra función que una norma le encomiende. La comisión actúa a petición del Consejo Superior de la Justicia o de cualquiera de los miembros de la carrera judicial o fiscal.

La comisión está integrada -tal y como marca el reglamento- por tres miembros de la carrera judicial y fiscal, entre los que debe haber un magistrado en activo y un fiscal en activo. Los miembros de la comisión de ética ejercerán sus funciones durante seis años a contar a partir de la fecha de la publicación de su nombramiento. El ejercicio de sus funciones es honorífico y no está remunerado. Los informes que emiten no son vinculantes y no pueden pronunciarse en casos que se estén investigando, enjuiciando o tengan un expediente disciplinario en curso, y siempre son confidenciales.

Con la designación de los miembros de la comisión de ética se completa la tarea de puesta en marcha del Código ético de conducta judicial; un elemento básico que recoge los valores y las reglas de conducta judiciales, como estándares de comportamiento deseables para todos los agentes implicados en la administración de la justicia, en vigor desde el pasado mes de mayo.

El Código ético de conducta judicial recoge las reglas de conducta judiciales, basadas en los valores de neutralidad política e institucional, independencia, imparcialidad, integridad, corrección, igualdad, competencia y diligencia, y debe servir de referente para los estándares de comportamiento deseables de voceros, magistrados, fiscales, secretarios judiciales; de los miembros del Consejo Superior de la Justicia, así como del personal de la Administración de Justicia y del CSJ.

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