La CGT denuncia que el Inst. Catalán de Evaluaciones Médicas no atiende en Tortosa

24 de septiembre de 2021 a las 12:59h
El sindicato CGT denuncia que el Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas (ICAM) no atiende en Tortosa, a pesar de tener una sede allí, y deriva a los trabajadores de las Tierras del Ebro a realizar las revisiones de las bajas en Tarragona. El sindicato acumula "multitud de quejas" de usuarios que deben desplazarse hasta 200 kilómetros (ida y vuelta) para realizar la revisión, personas que padecen diversas patologías así como mujeres embarazadas. También cuestionan que este proceso burocrático "ponga en duda" el criterio de los facultativos del sistema sanitario que han emitido la baja. El sindicato pide al director de Salud en el Ebro que se facilite el servicio a los ciudadanos de las Tierras del Ebro.
La CGT advierte que se vulneran los derechos y deberes del usuario del ICAM, que pueden solicitar un cambio de centro, y señalan que el decreto 256/2003 (artículo 20.1) estipula que los servicios de evaluaciones médicas deben atender "en sus ámbitos territoriales". El sindicato muestra una comunicación reciente a una trabajadora, que solicitaba ser atendida en el ICAM de Tortosa, donde se le responde que las visitas "solo se hacen en Tarragona". Núria Losada, secretaria de Salud Laboral de la CGT en el Ebro, remarca que si el ICAM no puede atender a los trabajadores en la sede de Tortosa, se deberían "poner facilidades" o justificar por qué se deriva a los usuarios a Tarragona. "Hay personas que tienen patologías que sí se pueden desplazar pero hay quienes no. A una embarazada con un embarazo de riesgo porque tiene sangrado no se le puede pedir ir a Tarragona, aunque sea en transporte público, porque tiene indicado reposo absoluto", ha ejemplificado. La CGT pide a la dirección territorial de Salud en el Ebro que explique cuál es la dotación de recursos humanos del ICAM en su centro en Tortosa y cuáles son sus funciones, y cuántos usuarios se han tenido que desplazar a Tarragona para realizar las revisiones, en los últimos años. También recuerdan que los usuarios tienen derecho a cobrar los gastos de desplazamiento y que sería necesario facilitarles el formulario correspondiente, según la orden TIN / 971/2009, que establece la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas.