Roda de Berà abre la segunda convocatoria de ayudas a autónomos, pymes y microempresas

12 de agosto de 2021 a las 09:17h

A partir de mañana, los autónomos, pymes y microempresas de hasta 25 trabajadores de Roda de Berà que hayan sufrido los efectos negativos de la crisis sanitaria de la Covid-19 pueden empezar a presentar sus solicitudes a la segunda línea de ayudas puesta en marcha por el Ayuntamiento.

Desde el inicio de la pandemia, el Ayuntamiento tomó parte aprobando diferentes medidas de diversos ámbitos de actuación, reunidas todas ellas en el Plan de Reactivación Económica de Roda de Berà, que se ha ido desarrollando durante este último año para ayudar a paliar los efectos negativos que la crisis sanitaria ha provocado en los negocios rodenses.

La primera línea benefició a 78 autónomos, pymes y microempresas. Se otorgaron 75.500 euros en ayudas, 14 de 750 euros; 62 de 1.000 euros; y dos de 1.500 euros, según la puntuación alcanzada. Para esta edición la partida destinada es de 100.000 euros y el equipo de Gobierno espera poder agotarla.

"Tenemos la voluntad de seguir ayudando a todas aquellas personas, empresas, autónomos y pymes que más han sufrido", decía el concejal de Hacienda, Gerard Solé, durante la sesión plenaria de mayo durante la cual se aprobaron las bases, "por este motivo, y para llegar a un mayor número de beneficiarios y con la voluntad de seguir llegando allí donde otras administraciones no lo hacen, las bases incluyen algunas modificaciones respecto a la primera edición", aseguraba Solé.

El número máximo de trabajadores de las microempresas, por ejemplo, pasa de 15 a 25. En el caso de los autónomos, el rendimiento neto del ejercicio 2020 no puede haber superado los 17.500 euros, y en función de este rendimiento neto se otorgará más o menos puntuación. En cuanto a las empresas, se tendrá en cuenta el tanto por ciento en que se ha visto reducida su facturación durante 2020, que debe ser de al menos un 25%, comparando los ingresos con el ejercicio 2019. También se ha querido no discriminar a las empresas de nueva creación en 2020, las cuales, a pesar de no tener datos del año anterior para poder realizar la comparativa, también podrán pedir la subvención y se las valorará de forma proporcional a los días de actividad efectiva. Lo que no varía es la cuantía de la subvención, que podrá ser de hasta 1.500 euros, según la puntuación alcanzada de acuerdo con los criterios incluidos en las bases.

Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica antes del 15 de septiembre y se resolverán de forma independiente y por orden de presentación. Las subvenciones se otorgarán por procedimiento de concurrencia no competitiva con este mismo orden hasta que el presupuesto disponible se haya agotado.

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