La CUP quiere que Vilanova reserve el 30% de las nuevas construcciones a vivienda protegida

27 de septiembre de 2018 a las 11:59h

La semana pasada el Pleno del Ayuntamiento de Barcelona tramitó con mayoría suficiente la aprobación definitiva de una nueva medida urbanística que quiere ampliar el parque de vivienda de precio público. La medida establece la obligación de reservar el 30% de las nuevas construcciones en suelo urbano consolidado a vivienda de protección oficial, es decir, con precio regulado y fijado por la administración. En este sentido, la CUP de Vilanova cree urgente iniciar los mismos trámites en la normativa urbanística de Vilanova i la Geltrú con la intención de construir amplios consensos. Por esta razón se pondrá en contacto en los próximos días con el resto de grupos municipales y los movimientos sociales de lucha por el derecho a la vivienda.

La medida quiere convertirse en un pequeño freno a la espiral especulativa que vuelve a inflar una nueva burbuja inmobiliaria dado que modera el beneficio especulativo que puedan hacer los inversores. Al mismo tiempo, la medida también quiere ser un paso adelante en la ampliación progresiva del parque de vivienda de precio regulado al amparo de la inflación de precios vinculada a la especulación.

El Estado Español es uno de los territorios con más vivienda construida por habitante, fruto de un planteamiento político que hace de la construcción un objeto sobre el que especular financieramente. También es el cuarto país del mundo con más vivienda vacía. Pero a la vez, el Estado Español es uno de los estados de Europa con más desahucios por impago y con un nivel más bajo, casi irrelevante, de parque público de vivienda. Mientras que en los países de nuestro entorno que están más avanzados en la garantía del derecho a la vivienda el parque público o de protección oficial ronda el 15 y el 20%, en Cataluña está entre el 1 y el 1,5%.

El marco legal vigente -pero inaplicado en Cataluña- a través del principio de solidaridad urbana recogido en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, establece en el artículo 73 de la norma que los municipios de más de 5.000 habitantes y las capitales de comarca (es decir, municipios como el nuestro) deben disponer en el plazo de 20 años, de un parque mínimo de viviendas destinadas a políticas sociales del 15% respecto del parque principal, mediante nueva construcción, rehabilitación o movilización. Una década después de la aprobación de la ley, esta realidad no se ha consolidado en los objetivos fijados, sino todo lo contrario. Por este motivo son urgentes medidas como esta para empezar a traducir en políticas concretas adaptadas a la realidad urbanística vilanovesa, estudiando implicaciones y efectos, con la firme voluntad de proteger el derecho a la vivienda y poner límites al casino especulativo.