La Audiencia absuelve a un condenado por inventarse la agresión de dos policías de Salt

25 de julio de 2017 a las 08:46h

Lo condenaron a pagar una multa de 270 euros por haberse inventado que dos agentes de la Policía Local de Salt (Girona) le habían agredido, pero ahora la Audiencia de Girona ha revocado la sentencia y lo ha absuelto. El motivo principal es, según recoge la sentencia, que existen "contradicciones palmarias" en la versión de los agentes que llevan a concluir que no hay pruebas para mantener la condena por denuncia falsa. "No ha quedado acreditado que denunciara los hechos sabiendo que no habían sucedido", recoge la sentencia.

Las contradicciones se basan, sobre todo, en las diferentes versiones que los policías dieron en los dos juicios. En el primero, el juicio de faltas por supuestamente haber agredido al ahora procesado, negaron haberlo trasladado a dependencias policiales, donde él había asegurado que habían tenido lugar los golpes. En el juicio por denuncia falsa, en cambio, admitieron que lo llevaron a la comisaría para identificarlo. "Las contradicciones son suficientemente relevantes para cuestionar su credibilidad", concluye la sentencia.

El Juzgado penal 1 de Girona le impuso el pago de una multa de 270 euros como autor de un delito de denuncia falsa, con una atenuante de enfermedad mental y una atenuante cualificada de dilaciones indebidas. Su abogado, Jordi Colomer, recurrió la sentencia y ahora la Audiencia de Girona le ha dado la razón.

La sentencia de la sección tercera revoca la condena del penal 1 y lo absuelve. La nueva resolución judicial declara probado que el 13 de julio de 2012 el ahora absuelto denunció en el juzgado en funciones de guardia de Girona que dos agentes de la Policía Local de Salt le habían agredido en los sótanos de la comisaría. Añade, sin embargo, que "no ha quedado acreditado que denunciara estos hechos sabiendo que no habían sucedido".

El motivo principal por el que han tumbado la primera sentencia es, sobre todo, las contradicciones en las que han incurrido los agentes en un juicio y en el otro. Según recoge la sentencia, estos cambios en el relato no son "intranscendentes".

De hecho, en el primer juicio de faltas por haber, supuestamente, agredido al procesado, los agentes aseguraron que lo habían identificado en la calle y que en ningún caso lo trasladaron a dependencias policiales, donde él aseguraba que había tenido lugar la agresión. "Incluso se aportó un informe efectuado por el inspector jefe de la Policía Local de Salt donde se recogían las manifestaciones de los agentes asegurando que no se hizo ningún traslado", expone la sentencia.

En el juicio por denuncia falsa, en cambio, los dos agentes admitieron que lo llevaron a comisaría para identificarlo y formar la denuncia por venta ambulante ilegal. "La contradicción en la que incurrieron los dos agentes es suficientemente relevante para cuestionar su credibilidad y no se puede excluir que el procesado hubiera sufrido algún tipo de agresión, por mínima que fuera", argumenta la Audiencia de Girona.

"El hecho de que el recurrente manifestara haber recibido una serie de golpes incompatibles con el resultado del reconocimiento (con diagnóstico de contusión en cara y cabeza), llegando a decir que casi lo matan constituye, sin duda, una exageración", añade la sentencia que esto no tiene por qué querer decir que miente sino que puede ser que el trastorno psíquico que padece le lleve a "sobredimensionar" los hechos.

Por eso, resalta que no se puede concluir que "faltara de forma deliberada y consciente a la verdad cuando denunció a los agentes".

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