La sentencia de la sala quinta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), de 4 de marzo de 2021, ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Creixell contra la sentencia dictada, el 29 de mayo de 2019, por el Juzgado Contencioso-Administrativo Núm 1 de Tarragona, que condenaba al consistorio a pagar 249.118,44 euros en concepto de "desequilibrio económico" a la Guardería Estel de Mar, hasta el 31 de mayo de 2016.
La empresa que gestionaba antes la guardería, Privilege Class 1900 SL, había denunciado anteriormente al Ayuntamiento de "mala gestión" por considerar que la concesión era insuficiente y que la gestión de la guardería no era viable. Al mismo tiempo, la sentencia del TSJC desestima el recurso que, en 2016, interpuso Privilege Class 1900 SL.
El Ayuntamiento de Creixell se ha mostrado satisfecho por la sentencia porque "da la razón al Ayuntamiento y lo desvincula de la mala gestión y las responsabilidades que tenía la empresa derivadas de aquella concesión y que terminaron con el cierre de la guardería".
Desde el consistorio se señala que la sentencia desmonta uno de los argumentos centrales en que se basaba la empresa a la hora de reclamar cerca de 250.000 euros, como es la diferencia del número de plazas ofertadas durante el período de la concesión -74- con el número de plazas reales -35-.
El texto de la sentencia exime al Ayuntamiento de tener que hacerse cargo de los gastos derivados en caso de que la demanda de plazas sea inferior a la prevista: "Así, del contenido de la primera cláusula de los pliegos no se infiere que el Ayuntamiento garantice la existencia de 74 usuarios de la guardería al proceder a su concesión al hoy apelado (la empresa). Por ello, si la demanda de plazas de guardería resulta inferior a la prevista por el contratista (por causa de la voluntad del usuario, como en el presente caso y que puede venir motivada por múltiples factores), no puede exigirse al Ayuntamiento cubrir económicamente la expectativa de explotación del servicio, ni asumir la totalidad de los costes.....".
Y añade.... "El concesionario, al presentar su oferta para convertirse en adjudicatario debe haber formulado sus cálculos y previsiones económicas sobre la viabilidad de la explotación, sin que pueda esperar ser resarcido posteriormente en el caso de que las previsiones no se cumplan".
Cabe recordar que, en el mes de noviembre de 2018, el Ayuntamiento de Creixell recuperó la titularidad municipal de la guardería. El consistorio puso en marcha un servicio provisional en una de las aulas de la escuela Les Eres.
El Estel de Mar recupera la normalidad
Desde el pasado 8 de abril de 2021, la Escuela Camp Joliu, con sede en el Arboç, firmó un contrato con el Ayuntamiento de Creixell para llevar la gestión de la Guardería Estel de Mar, de titularidad municipal. El convenio, que finaliza en 2030, garantiza la continuidad y viabilidad del centro educativo preescolar de 81 plazas, de 0 a 3 años.