El Tribunal Constitucional ha dejado sin efecto las multas coercitivas impuestas a los siete miembros -titulares y suplentes- de la Sindicatura Electoral de Cataluña encargada del referéndum del 1-O y a catorce de los quince integrantes de las sindicaturas electorales de demarcación. El alto tribunal ha tomado esta decisión después de que todos ellos justificaran tanto su renuncia al cargo como que dejaron sin efecto los acuerdos adoptados para la preparación del referéndum, suspendido cautelarmente por el Constitucional el pasado 7 de septiembre y declarado nulo el 17 de octubre, según ha informado el TC.
El Pleno del TC subraya en un acta que en todos ellos "van concurrir los presupuestos necesarios para la imposición de las multas coercitivas", que se fijaron en la cuantía de 12.000 euros diarios para los miembros de la sindicatura electoral de Cataluña y de 6.000 euros diarios para los síndicos de demarcación, en concreto, según apunta el tribunal, el "incumplimiento" de las resoluciones del TC, de las cuales habían tenido conocimiento por su publicación en el BOE, así como por la "notoriedad mediática" que han tenido todas las resoluciones adoptadas por el tribunal en relación con el proceso. Según detalla el alto tribunal, se trataba de las providencias, dictadas el 7 y el 12 de septiembre, por las cuales se admitieron a trámite los recursos presentados contra la ley del referéndum, la Resolución 807/XI del Parlamento de Cataluña y la ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República, que quedaron suspendidas cautelarmente en aplicación de lo previsto en el artículo 161.2 de la Constitución. El tribunal concluye que las renuncias a sus cargos, remitidas al TC entre los días 21 y 22 de septiembre, así como la previa revocación de "las resoluciones y acuerdos adoptados", supusieron la consecución de la finalidad pretendida por la medida coercitiva, por lo cual el TC ha procedido ahora a su levantamiento. Respecto a Carme Vilanova, la única designada que no aceptó el nombramiento como presidenta de la Sindicatura Electoral de Aran, el tribunal apunta que "no se dieron los presupuestos para la imposición de la multa coercitiva", por lo cual ha acordado dejar sin efecto tanto esta medida como la deducción de testimonio a la Fiscalía.