El ministro de Justicia belga afirma que el procedimiento de la orden de detención es exclusivamente judicial

04 de noviembre de 2017 a las 00:08h
El ministro de Justicia belga ha emitido un comunicado en el que explica el procedimiento que se debe seguir tras la orden de detención europea que la Audiencia Nacional ha hecho contra el president Carles Puigdemont y cuatro consellers de su Govern, cesado por el ejecutivo español en virtud del artículo 155. El procedimiento es "totalmente judicial" y el poder ejecutivo no participa. Sustituye la extradición, que no existe entre los estados miembros de la Unión Europea. Una orden de detención europea se puede cursar si los hechos juzgados son punibles con al menos un año de prisión en el Estado emisor.
Durante el procedimiento la persona es privada de libertad después de recibir la orden y debe comparecer ante el juez de instrucción en 24 horas. Será este juez quien decidirá si mantiene al individuo detenido o no. En determinadas situaciones se puede llegar a rechazar la orden. En principio, la decisión sobre si se ejecuta o no la orden de detención la toma la Asamblea del Consejo en un plazo de 15 días. Tanto la acusación como la persona interesada pueden apelar la decisión a la División de acusaciones, que tiene 15 días más para tomar la decisión. Por lo tanto, una decisión se toma en principio en segunda instancia en un plazo de 30 días. Sin embargo, todavía es posible un recurso de casación. La decisión final se debe tomar en un plazo de 60 días, prorrogado a 90 en circunstancias excepcionales. Si finalmente se decide ejecutar la orden, la persona se entregará en principio a las autoridades del Estado emisor dentro de los diez días siguientes a la decisión de ejecución.
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