El Gobierno aprueba el Proyecto de ley de modificación de la Ley calificada de Educación

09 de marzo de 2022 a las 20:03h

El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles, a propuesta de la titular de Educación y Enseñanza Superior, Ester Vilarrubla, el Proyecto de ley de modificación de la ley calificada de Educación y de la Ley de Ordenamiento del sistema educativo andorrano. Un texto que, tal y como ha apuntado la ministra, se ha trabajado en las últimas semanas con los diferentes grupos que integran el arco parlamentario con el fin de conseguir el máximo consenso político.

Según ha expuesto Vilarrubla, "la configuración del sistema educativo andorrano debe velar para que la formación de las nuevas generaciones se enmarque en un contexto plural, en el que la diversidad sea considerada como un elemento enriquecedor y donde se vele por la imparcialidad, donde todos los alumnos tengan las mismas oportunidades y en igualdad de condiciones, especialmente entre hombres y mujeres". Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos indica que corresponde al Estado el rol de organizador neutro e imparcial de la convivencia.

Así, y con el fin de cumplir con esta neutralidad, el Gobierno considera necesario regular el uso de los signos y símbolos religiosos por parte del personal, los trabajadores que intervienen en los centros educativos y los alumnos. De este modo, el texto establece la prohibición de este tipo de signos y símbolos solo en el caso de que su exhibición ostentosa, con el fin de no interceder en la libertad religiosa de cada uno. Para Vilarrubla, "se trata de una medida adecuada y proporcionada con la finalidad que persigue".

El Proyecto de ley hoy aprobado por el Ejecutivo también incluye un nuevo artículo donde se regula que, en el sistema educativo andorrano, los alumnos que no opten por la enseñanza de la religión dispongan de una enseñanza alternativa, abordada desde la perspectiva de la disciplina filosófica de la ética, de los valores y de la historia de la democracia".

Finalmente, Vilarrubla también ha indicado que el uso ostensible de signos y símbolos religiosos durante el horario escolar, las actividades lectivas y las actividades complementarias por parte de los docentes y colaboradores educativos será una falta muy grave, pero se prevé expresamente que esta falta solo pueda incoarse después de que el responsable del centro haya advertido de manera fehaciente a la persona y después de que esta persista en su uso transcurridos 7 días. En cuanto a los alumnos, antes de abrir cualquier procedimiento disciplinario la dirección deberá mantener un diálogo con el alumno y sus tutores legales.

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C CIUTAT
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