El Ayuntamiento de la Bisbal sigue apostando por el fomento del empleo a través del SOM Bisbal y la red comarcal que ha creado recientemente, con la participación en el programa de Garantía Juvenil, con los convenios de colaboración social, con los cursos ocupacionales y con las subvenciones en materia de empleo. Este año se abrirá de nuevo el plazo para presentar solicitudes para estas subvenciones. El Ayuntamiento informará a través de la página web (www.bisbalpenedes.com), las redes sociales (Facebook y Twitter) y el servicio eBando cada vez que se abra una convocatoria para optar a las diferentes subvenciones.
Subvenciones para empresas
Por un lado ofrece subvenciones para empresas –sociedades y personas físicas que realicen actividades empresariales de industria, comercio o servicios, o actividades agrícolas y ganaderas- que dispongan de establecimientos empresariales radicados dentro del término municipal y contraten personas desempleadas con residencia continuada en el municipio.
Para poder optar a la subvención existe un requisito indispensable: que el número medio de trabajadores (que reúnan las condiciones establecidas) en el año 2017 crezca con respecto al número medio de trabajadores en el año 2016.
El plazo para solicitar esta subvención se abrirá durante el primer trimestre de 2018 (fechas exactas aún por concretar) y el importe de la subvención será de 1.825 euros por trabajador/año. La cantidad máxima de subvención por este concepto que podrá obtener una empresa será de 18.250 euros por año.
Subvenciones para autónomos
Por otro lado, el Ayuntamiento de La Bisbal del Penedès también ofrece subvenciones para las personas que se establezcan como Autónomas para la puesta en marcha de una actividad económica. Se podrán acoger a la subvención todas aquellas personas emprendedoras que durante el ejercicio 2017 hayan iniciado una actividad económica a título individual o sociedad y que hayan causado alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos.
Los gastos que se subvencionan en este caso son los siguientes:
-Pagos de cuotas de la Seguridad Social del primer año de encuadramiento de la persona solicitante.
-Gastos de tramitación de las altas de la actividad.
-Gastos asociados a locales del primer año de actividad.
-Los gastos asociados a todo tipo de tributos y precios públicos necesarios para la puesta en marcha de la actividad.
El importe máximo a subvencionar es de 2,800€ por persona y esta subvención se podrá pedir durante el año 2018.