El 15% de los controles de alcoholemia realizados en 2016 por la Guardia Urbana de Reus dieron positivo

11 de julio de 2017 a las 10:40h

La Guardia Urbana de Reus denunció durante 2016 a un total de 226 conductores que circulaban con vehículos a motor o ciclomotores con una tasa de alcohol superior a la legalmente establecida. Durante 2016 se realizaron 92 controles de alcoholemia y se controlaron 1.381 conductores de los cuales, 214 dieron positivo, 1.155 dieron negativo y 12 se negaron a someterse a las pruebas. El 15,4% de los conductores a los que se les practicó la prueba de alcoholemia dio positivo.

De los 214 conductores que dieron positivo, 75 fueron denunciados administrativamente; y a 139 conductores se les imputó un delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, al igual que los 12 que se negaron a someterse a la prueba.

Como medida de seguridad, la Guardia Urbana ha incrementado el número de dispositivos para realizar controles de alcoholemia a conductores, especialmente las noches de los fines de semana. Esta mayor presión se ha traducido en un incremento de más del 40%, del número de delitos imputados por conducir bajo los efectos del alcohol.

Las acciones de promoción de la seguridad vial implantadas por la Guardia Urbana de Reus —dirigidas a reducir todo tipo de accidentes, pero con especial atención a los más graves— explican, junto con otras causas, los datos de siniestralidad. El 97,83% de los accidentes de tráfico conocidos por la Guardia Urbana en 2016 son de poca gravedad, sin heridos o con heridos leves.

Infracción administrativa El Reglamento General de Circulación establece que no podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial los conductores en general, como turismos, motocicletas, ciclomotores, bicicletas, peatones implicados en accidentes, etcétera, con 0,25ml/l en aire espirado o 0,50g/l en sangre. Los conductores noveles (menos de 2 años de carnet) y profesionales (transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales), con 0,15mg/l en aire espirado o 0,30 g/l en sangre.

Tanto la conducción con tasas superiores a las establecidas, como la negativa a someterse a las pruebas en los casos anteriores, se considera una infracción muy grave, castigada con multa de hasta 500 euros y acompañada de la retirada de entre 4 y 6 puntos del carnet de conducir. 6 puntos si la tasa de alcohol en aire espirado es superior a los 0,50 mg/l (profesionales y conductores noveles más de 0,30 mg/l) o en el caso de la negativa a hacer las pruebas de alcoholemia. 4 puntos si la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,25 mg/l e inferior a 0,50 mg/l (profesionales y conductores noveles: más de 0,15 mg/l y menos de 0,30 mg/l)

La multa puede llegar a los 1.000 euros si el conductor que circule superando el doble de la tasa establecida o si ha sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida.

Infracción penal Además de la sanción administrativa, el Código Penal castiga con una pena de prisión de 3 a 6 meses o con una multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años a quien conduzca un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas.

Inmovilización del vehículo Además de las infracciones penales o administrativas de cada caso, se realizará también la inmovilización del vehículo en el depósito municipal, con el correspondiente pago de tasas, excepto cuando haya un conductor sustituto que se pueda hacer cargo del vehículo.

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