Convocatoria de subvenciones para el fomento de la actividad deportiva en Reus

23 de marzo de 2018 a las 11:24h
La concejalía de Deportes ha publicado este viernes, 23 de marzo en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona el anuncio de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades para el fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Reus para la temporada deportiva, entre el 1 de septiembre de 2017 y el 31 de agosto de 2018. La convocatoria está dotada con 176.000 euros. Las subvenciones otorgadas por este concepto la pasada temporada ascendieron a 173.027,87 euros. Las solicitudes se podrán presentar a partir del 26 de marzo y hasta el 20 de abril en la Oficina de Atención Ciudadana. Habrá que pedir cita previa a través de www.reus.cat o llamando al número de teléfono 977 010 010. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades deportivas y aquellas entidades de la ciudad que participen o lleven a cabo cualquiera de las actividades objeto de la subvención:
  • Deporte Base 1: Se valorarán las actividades deportivas propuestas por entidades que desarrollen la práctica deportiva en instalaciones de titularidad privada y/o que soporten el coste de uso de instalaciones deportivas. Se valorarán las actividades desarrolladas por entidades deportivas de cualquier modalidad, con participación de deportistas de 6 a 17 años. Quedarán excluidas aquellas actividades que formen parte de la oferta de actividades extraescolares promovidas por AMPAS, centros educativos y/o entidades deportivas en el marco escolar y con alumnos exclusivos del centro educativo.
  • Deporte Base 2: Se valorarán las actividades deportivas propuestas por entidades que desarrollen la práctica deportiva en instalaciones deportivas de titularidad municipal. Se valorarán las actividades desarrolladas por entidades deportivas de cualquier modalidad, con participación de deportistas de 6 a 17 años. Quedarán excluidas aquellas actividades que formen parte de la oferta de actividades extraescolares promovidas por AMPAS, centros educativos y/o entidades deportivas en el marco escolar y con alumnos exclusivos del centro educativo.
  • Participación en Actividades Deportivas Regulares: Se valorarán las actividades deportivas regulares desarrolladas por las entidades adscritas a competiciones reguladas por las federaciones deportivas o el Consejo Deportivo del Baix Camp, excluidas las actividades de ocio o de competición de ocio del municipio (ligas de fútbol 7, fútbol sala, baloncesto, veteranos...), con deportistas mayores de 18 años.
  • Organización de Actividades Deportivas Extraordinarias: Se valorarán las organizaciones de actividades deportivas extraordinarias desarrolladas fuera de las competiciones regulares adscritas a las federaciones deportivas (ligas, copas, campeonatos oficiales,...). Preferentemente, las que tengan como objetivo la promoción deportiva de base y/o aquellas que tengan por objeto convocar actividades deportivas en la ciudad y que lleven el nombre de ésta. Las organizaciones de actividades se podrán desarrollar en instalaciones propias o instalaciones deportivas municipales. Las que se desarrollen en instalaciones deportivas municipales deberán disponer del visto bueno del organismo gestor de las mismas, al menos con 120 días de antelación, y los compromisos de los organizadores de hacerse cargo de los gastos de uso.
  • Transporte: Se valorarán las actividades deportivas regulares o extraordinarias, desarrolladas por las entidades en competiciones oficiales individuales o de equipo a nivel internacional, estatal o catalán, en categorías juveniles o absolutas y por entidades de deporte de discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, y que requieran de transporte para los desplazamientos.