martes, 3 de diciembre de 2024
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Reus publica el calendario del contribuyente 2025: ¿Cuándo se paga cada impuesto y tasa?

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Ya se puede consultar el calendario del contribuyente para 2025 de Reus que ha sido publicado en el BOPT de este lunes, 25 de noviembre. El calendario informa de las fechas para el pago de los diferentes impuestos y tasas en plazo voluntario y especifica la fecha en que se hará el cargo en el caso de los recibos domiciliados.

 

Este es el calendario de 2025:

  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM): del 5 de marzo al 5 de mayo de 2025.
  • Impuesto Bienes Inmuebles Urbanos (IBIU): del 4 de abril al 5 de junio de 2025.
  • Impuesto bienes Inmuebles Rústicos: del 4 de abril al 5 de junio de 2025.
  • Tasa de Basuras / Precio Público Recogida de Residuos: del 4 de abril al 5 de junio de 2025.
  • Tasa servicios de cementerio: del 4 de abril al 5 de junio de 2025.
  • Tasas Aprovechamiento vía pública: del 4 de abril al 5 de junio de 2025.
  • Impuesto actividades económicas (IAE): del 3 de octubre 2025 al 5 de diciembre de 2025.

 

Fecha de cargo de recibos domiciliados

En caso de tener los recibos domiciliados en cuenta bancaria, se informa que la fecha del cargo será el 5 de mayo para todos los recibos, excepto para el Impuesto de Vehículos de Traccción Mecánica – IVTM (4 de abril) y el Impuesto sobre Actividades Económicas – IAE (3 de noviembre). Se trata de una novedad incorporada como una mejora en la gestión y en la información a la ciudadanía.

 

Tasa de servicios de cementerio

Una de las novedades es la incorporación al calendario del contribuyente de la Tasa de servicios de cementerio, que hace referencia a la conservación de las sepulturas. El periodo para liquidarla será del 4 de abril al 5 de junio de 2025. Los contribuyentes que ya tenían la tasa domiciliada con Serveis Funeraris Reus SL recibirán el cargo el 5 de mayo en esta misma cuenta bancaria.

Calendario contribuyente 2025 reos

 

Plan Personalizado de Pago

Por otro lado, las personas que lo quieran ya pueden acogerse al Plan Personalizado de Pago que permite abonar el importe de los tributos en 10 mensualidades (de febrero a noviembre) y sin intereses de demora. El plazo para acogerse está abierto hasta el 25 de enero de 2025.

La tarifa mensual se calcula de forma individualizada para cada contribuyente, de acuerdo con sus obligaciones tributarias. El cálculo de la mensualidad tiene en cuenta los cambios que se producen en la situación del contribuyente (como la incorporación o la baja de obligaciones tributarias por la compra o venta de nuevos bienes, etc.), y las cuotas se ajustan automáticamente. Por lo tanto, las regularizaciones se hacen de forma automática a lo largo del año.

Esta modalidad de pago es aplicable a los tributos de vencimiento periódico:

  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica,
  • Impuesto sobre bienes inmuebles (de naturaleza urbana o rústica)
  • Tasa por recogida de basuras
  • Vados
  • Tasa por utilización o aprovechamiento de vuelo, suelo y subsol de la vía pública
  • Impuesto sobre actividades económicas
  • Precio público recogida de residuos.
  • Tasa servicios de cementerio

A las personas que se acojan al Plan Personalizado de Pago no se les cobrarán intereses de demora ni se exigirá garantía, siempre que se paguen las fracciones en los plazos indicados. La periodicidad mensual de los pagos, consiste en 10 cuotas, cuyo cobro se realizará los días 5 de cada mes, desde el 5 de febrero hasta el 5 de noviembre incluidos.

Los requisitos para ser beneficiario de este sistema son no tener deuda pendiente en ejecutiva con el Ayuntamiento, salvo que la deuda esté fraccionada o suspendida; las cuotas resultantes del plan personalizado de pago deben ser superiores a 15 euros y domiciliación obligatoria del pago de las cuotas en una única cuenta.

 

Acceso al trámite Plan Personalizado de Pago

Las personas ya adheridas a esta modalidad de pago no tienen que hacer ninguna actuación y se consideran adheridas automáticamente al nuevo Plan Personalizado de Pago.

Para acogerse al placer puede hacerse a través de las siguientes vías:

 

Acceso al trámite Plan Personalizado de Pago

Las personas ya adheridas a esta modalidad de pago no tienen que hacer ninguna actuación y se consideran adheridas automáticamente al nuevo Plan Personalizado de Pago.

Para acogerse al plan puede hacerse a través de las vidas siguientes:

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