sábado, 26 de abril de 2025
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Manresa se dota de un protocolo para movilizar la vivienda vacía

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El Ayuntamiento de Manresa ha presentado esta mañana el Protocolo de Actuaciones en el Parque de Viviendas de la ciudad, un documento que dota a la administración local de herramientas para poder actuar de manera más eficiente y efectiva a la hora de movilizar las viviendas vacías o en situación de abandono, de incentivar el deber de conservación y de resolver los casos de ocupaciones irregulares que alteran la convivencia vecinal y que generan riesgos para la seguridad y la salubridad de las personas.

Tal y como han explicado el alcalde de Manresa, Marc Aloy Guàrdia, y el concejal de Vivienda, Jesús Alonso Sainz, el protocolo prioriza de manera clara la movilización de las viviendas de grandes tenedores, estableciendo mecanismos de intervención que permitan resolver las situaciones anómalas, como poseer pisos en mal estado, con ocupaciones irregulares conflictivas o desocupadas de manera permanente e injustificada durante dos años o más, hechos que contribuyen de manera exponencial a la degradación del parque de viviendas de la ciudad.

Con el protocolo, además, se pretende dotar al Ayuntamiento de un instrumento que permita identificar y cuantificar el número de viviendas en estas situaciones. Asimismo, establece acciones enfocadas a los pequeños tenedores para asesorarles y asistirlos cuando sufran casos de empleos irregulares y también para que dispongan de ayudas cuando tengan que afrontar una rehabilitación. En este sentido, se ha abierto una primera partida de 250.000 euros en el Presupuesto municipal.

El documento, que se debatirá y se votará en el Pleno municipal de este jueves, se divide en tres ámbitos. Por un lado, el destinado a la movilización de las viviendas vacías o permanentemente desocupadas, con la finalidad de acabar con esta situación anómala y con el incumplimiento de su función social. En segundo lugar, el dirigido a verificar el estado de conservación de las viviendas vacías u ocupadas, especialmente de aquellos que se han adquirido por medio de un proceso de ejecución hipotecaria. Finalmente, el dedicado a la intervención en ocupaciones que generan alteración de la convivencia vecinal.

Con su aprobación, Manresa se convertirá en el primer municipio catalán en disponer de un protocolo que permite abordar los tres ámbitos en su conjunto. El documento cuenta con el aval técnico y jurídico de la Diputación de Barcelona.

Movilizar vivienda vacía

Según establece la ley, es una vivienda vacía la “que permanece desocupada permanentemente, sin causa justificada, por un plazo de más de dos años. A tal efecto, son causas justificadas el traslado por razones laborales, el cambio de domicilio por una situación de dependencia y el hecho de que la propiedad de la vivienda sea objeto de un litigio judicial pendiente de resolución. La ocupación sin título legítimo no impide que se pueda considerar vacía una vivienda”.

Para movilizar la vivienda vacía de la ciudad, el protocolo establece su detección mediante registros y bases de datos oficiales, los consumos de suministros e inspecciones visuales, y prioriza la intervención sobre las viviendas de personas mayores tenedoras, o que dispongan de 3 o más viviendas desocupadas en el caso de personas jurídicas, o de 5 viviendas o más en el caso de personas físicas. Y, dentro de esta categoría, se pondrán por delante de la lista los que se encuentran ocupados de manera irregular alterando la convivencia vecinal o los que se encuentran en zonas con alta concentración de pisos en situaciones anómalas. De este modo, se prioriza la actuación inspectora del Ayuntamiento con relación a aquellas situaciones que generan mayor lesión en el interés público, ya que se actúa allí donde se concentra un mayor volumen de viviendas desocupadas y existe mayor capacidad económica por parte de sus titulares.

En todos los casos detectados, el Ayuntamiento de Manresa propondrá medidas de fomento para proceder a la ocupación de la vivienda, que deberán ser aceptadas por la propiedad en el plazo máximo de un mes. En el caso de personas jurídicas y grandes tenedoras, la no aceptación de las medidas puede comportar sanciones.

Conservar las viviendas en buen estado

Tanto la legislación estatal como la autonómica establecen el deber legal de conservar los inmuebles destinados a residencia de personas en unas condiciones mínimas de habitabilidad. La obligación legal de conservación es especialmente exigida en los casos de las viviendas desocupadas, provenientes de procesos de ejecución hipotecaria. Cuando no se da cumplimiento a este deber, la administración está obligada a intervenir ordenando la ejecución de lo necesario para que la vivienda o el inmueble en cuestión se sitúe dentro de los parámetros de habitabilidad establecidos normativamente.

El protocolo establece mecanismos para la detección de las viviendas en mal estado y ofrece un plazo de un mes la propiedad para que presente un proyecto técnico. El no cumplimiento de esta obligación puede conllevar sanciones en los casos de grandes tenedores, así como la ejecución subsidiaria de las obras por parte del Ayuntamiento o, en los casos extremos en que se derive un riesgo para las personas, la expropiación forzosa de la propiedad. Asimismo, el protocolo contempla la posibilidad de formalizar convenios de rehabilitación para facilitar el cumplimiento de las órdenes de conservación, una medida enfocada a las personas pequeñas tenedoras.

Dentro de este mismo ámbito de conservación de las viviendas, el protocolo también tiene en cuenta la detección de las infraviviendas.

Resolver las ocupaciones irregulares conflictivas

El protocolo distingue de manera clara las situaciones de ocupaciones irregulares conflictivas teniendo en cuenta si la propiedad es una gran o pequeña tenedora. En los casos de grandes tenedores, se considera un incumplimiento agravado de la función social si no se inician las acciones de desalojo requeridas por la administración competente, cuando la vivienda se encuentre ocupada sin título habilitante y cuando esta situación haya provocado una alteración de la convivencia o del orden público, o ponga en peligro la seguridad o la integridad del inmueble.

En estos casos, el Ayuntamiento, como administración competente, tiene la potestad de instar a la propiedad a cumplir con sus obligaciones. En el caso de que no se produzca, puede iniciar el procedimiento de desahucio, hacer efectivo el desalojo del inmueble ocupado, imponer sanciones y, en los casos extremos, adquirir temporalmente el uso de la vivienda por un plazo de siete años. Además, en los casos de peligro inminente, podrá ordenar el desalojo cautelar inmediato y ordenar las medidas de protección que la propiedad deberá llevar a cabo.

En cuanto a los pequeños tenedores, el protocolo establece mecanismos de protección y de asesoramiento legal, concentrando la atención a las personas en la Oficina Municipal de Vivienda de manera coordinada con los cuerpos policiales y con todas las áreas del Ayuntamiento de Manresa.

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