Pla general dels tres acusats asseguts a la sala de vistes del jutjat penal 2 de Tarragona: Daniel Masagué (dreta), Pere Font (centre) i Gerard Montserrat (esquerra). Imatge del 10 de gener del 2020
La sección 4ª de la Audiencia de Tarragona ha rebajado la condena al exalcalde de Torredembarra, Daniel Masagué, por el caso de los guinguetas. El juzgado ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por Masagué en la sentencia de 2020 redactada por el juzgado de lo penal número 2 de Tarragona y le rebaja la pena por el delito de fraude a la administración de dos años de prisión y ocho de inhabilitación a cuatro meses y medio de prisión y tres de inhabilitación; y por el delito continuado de prevaricación de nueve años de inhabilitación a dos años y medio.. Los magistrados han aplicado como atenuante las dilaciones indebidas. En la sentencia también se rebajan las penas a los otros dos condenados, el exregidor de Platges, Pere Font, y a Gerard Montserrat, militante de CDC.
En la sentencia de la Audiencia, los magistrados dan por buenos los argumentos utilizados por el juzgado de instancia en cuanto al análisis de los hechos y consideran que “hace una valoración razonada y razonable de las pruebas practicadas”, así como de las conclusiones que le llevan a estimar una condena por los tres encausados.
Sin embargo, estima parcialmente los recursos. La Audiencia afirma que las penas deben rebajarse por dilaciones indebidas “en dos grados, atendiendo al excesivo tiempo transcurrido desde la fecha del inicio de los hechos”. Los jueces recuerdan que “la tramitación del proceso se ha prolongado durante más de diez años”, ya que se inició en 2013 y la sentencia no se publicó hasta 2020. Unos retrasos “no imputables a los acusados”.
Así, al exalcalde de Torredembarra, Daniel Masagué, la pena por el delito de fraude a la administración se le rebaja hasta los cuatro meses y medio de prisión y tres de inhabilitación; y por el delito continuado de prevaricación a dos años y medio. En Pere Font, por el delito de fraude a la administración, la condena final es de tres meses y medio de prisión y dos años y tres meses de inhabilitación; y dos años más de inhabilitación por prevaricación -inicialmente eran un año y medio de prisión y quince de inhabilitación por fraude a la administración en concurso medial con un delito de prevaricación administrativa-.
Finalmente, para Gerard Montserrat la condena es de cuatro meses y medio de prisión y ocho meses de inhabilitación por fraude a la administración; de un año y medio de inhabilitación por el delito continuado de prevaricación y ocho meses de inhabilitación para pedir subvenciones -inicialmente se le habían impuesto dos años de prisión, tres años y medio de inhabilitación para obtener subvenciones y seis años de inhabilitación por ejercicio de cargo público por un delito continuado de fraude a la administración con concurso medial con un delito de prevaricación administrativa-. Con todo, se mantiene la indemnización de 30.212 euros que los tres condenados deberán abonar al Ayuntamiento de Torredembarra y la nulidad de pleno derecho del contrato de arrendamiento del suministro, instalación y desinstalación de tres chiringuitos para el servicio de bar en las playas de Torredembarra de fecha 29 de marzo de 2012. También hay que remarcar que en la sentencia del año 2020 ya se había tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas.
Los hechos se enmarcan en la pieza separada número 4 del ‘caso Torredembarra’, el origen del ‘caso 3%’ de presunta financiación irregular de CDC. El juzgado de lo penal consideró probado que Masagué y Font adjudicaron “a dedo” los guiños de la playa a Gerard Montserrat, militante de su mismo partido (CDC). Según la sentencia, los tres se pusieron de acuerdo para hacer una adjudicación directa “bajo la simulación” de un procedimiento negociado sin publicidad, con “la intencionalidad de beneficiar al compañero de partido por puro clientelismo político”.
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