Una sentencia del Tribunal Supremo considera que el Ayuntamiento no podía hacer de manera unilateral la revisión de oficio que inició el gobierno cuatripartito para declarar nulo el convenio de 2006 y tomar posesión del Cuartel. El acuerdo, firmado en 2006 entre el Ayuntamiento y el Ministerio del Interior, establecía la entrega del inmueble a la ciudad a cambio de una colaboración económica y la cesión de un solar a las afueras del casco urbano para la construcción de nuevas instalaciones de la Guardia Civil en la ciudad.
En febrero de 2018, tras un dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, el Ayuntamiento -con el gobierno cuatripartito- aprobó en un Pleno municipal declarar la nulidad del convenio firmado en el año 2006 entre el Ayuntamiento y el Ministerio del Interior y recuperar la plena posesión del antiguo Cuartel de la Guardia Civil, sin tener la propiedad del edificio.
El Estado interpuso un recurso contencioso administrativo contra la decisión del Pleno, al considerar que no podía declarar la nulidad del convenio de 2006. El Juzgado 16 de Barcelona desestimó este recurso.
El Estado presentó entonces un recurso de apelación contra esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En este caso, el TSJC dictó sentencia en mayo de 2022, estimando el recurso de apelación presentado por el Estado. En esta sentencia el TSJC revocó la sentencia favorable al Ayuntamiento emitida por el Juzgado de primera instancia y declaró nulo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de febrero de 2018.
El Ayuntamiento de Sabadell presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en junio de 2023, en el que se pedía que el TS se pronunciara sobre la cuestión y desestimara el recurso de apelación que el Estado había presentado inicialmente contra el acuerdo de Pleno. La sentencia del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Ayuntamiento al fijar como doctrina jurisprudencial que los convenios interadministrativos no son incentivables de oficio por una de las administraciones firmantes. Es decir, el TS considera que el procedimiento iniciado por el gobierno cuatripartito de revisar de oficio el convenio de 2006 para declararlo nulo no era ajustado a la ley. Al tratarse de una sentencia de casación del Tribunal Supremo no hay recurso posible.
La alcaldesa de Sabadell, Marta Farrés, ha convocado esta mañana una Junta de Portavoces extraordinaria y urgente con el fin de informar a los grupos de esta sentencia recibida ayer mismo.
En esta reunión el gobierno ha trasladado también que está estudiando todas las opciones que permitan cumplir el objetivo de conseguir que el edificio del antiguo Cuartel pueda acoger las consultas externas del Consorcio Corporación Sanitaria Parc Bofarull de Sabadell.