El auge de los patinetes eléctricos y los numerosos accidentes que estos han provocado, como el sucedido hoy en Palma donde un niño de dos años ha resultado herido, está obligando a las autoridades a establecer una normativa clara para su uso. Según el Reglamento General de Circulación, los patinetes eléctricos son vehículos de movilidad personal (VMP), y por lo tanto se les considera vehículos a todos los efectos.
¿Cuál es la normativa?
A partir de este sábado, 1 de febrero, en Barcelona entran en vigor novedades en la ordenanza municipal.
Se sancionará con 100 € de multa aquellos vistos circulando sin casco. Además, sólo podrán circular por carriles bici o calle donde el límite de velocidad sea de 30 km/h. La misma sanción se aplicará por ir en patinete con más de una persona o no llevar las luces delanteras y traseras.
Las multas pueden llegar hasta los 500 € para los que circulen por una vía de 50 km/h o por la acera. El uso de patinetes por parte de menores de 16 años se sancionará con 200 €.
La normativa vigente ya prohibía el uso de patinetes a menores de 16 años y limitaba su uso a carril bici y a calles con límite de velocidad 30 km/h o inferior.