martes, 22 de abril de 2025
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Llega la nueva Ordenanza de circulación en Barcelona: conoce las nuevas multas por infracciones

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El próximo 1 de febrero entra en vigor la modificación de la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos (OCVV). La nueva norma se centra sobre todo en poner orden respecto de los vehículos de movilidad personal (VMP) y su comportamiento en la movilidad de la ciudad. También busca preservar las aceras como espacio para los peatones. El coste de las sanciones fluctúa entre los 50 y los 500 euros, de acuerdo con la gravedad de la infracción.

VMP: casco obligatorio y una regulación más clara

Principalmente, la renovada OCVV define los VMP como vehículos unipersonales, por lo que sólo podrá circular una persona sola, y señala los elementos de seguridad imprescindibles: el uso de casco obligatorio y que el vehículo disponga de luces delanteras y traseras.

La normativa vigente ya prohibía el uso de VMP a menores de 16 años y limitaba su uso a carril bici y a calles con límite de velocidad 30 km/h o inferior. Así pues, la modificación de la OCVV clarifica las condiciones de circulación, prohibiendo la circulación por las calles 50 y definiendo la velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, que se reduce a 10 en los carriles bici en acera.

Respecto de las sanciones, se multará con 100 euros el hecho de no llevar casco, el uso de VMP por más de una persona o no llevar colocadas las luces delanteras y traseras. El uso por parte de menores de 16 años será sancionado con 200 euros y circular por calles a 50 km/h conllevará una multa de 500 euros.

Instruir las aceras peatonales

El nuevo texto prohíbe la circulación por las aceras tanto en las bicicletas y en los VMP, dejando este espacio como exclusivo para la movilidad a pie. Esta medida se hará de manera compatible con la protección de la infancia y no aplicará en el caso de los niños, ya que los menores de 12 años y las personas adultas que les acompañen sí podrán circular en bicicleta por las aceras, lo que se ampliaría a los 14 años en aquellas calles que no disponen de carril bici.

Igualmente en aquellas calles sin carril bici, podrán circular por la acera personas adultas que transporten personas menores de edad. El transporte de menores de edad sólo lo podrán realizar mayores de edad y siempre con sistemas de remolque o sillas homologados al peso del menor. Excepto en estos casos, circular por la acera corresponderá a una sanción de 500 euros.

También se podrá circular por aquellos espacios peatonales habilitados para la circulación ciclista. En cualquier caso, la propuesta normativa también prevé la obligatoriedad de los usuarios de bicis y VMP de bajar del vehículo en situaciones de aglomeración de peatones.

Nuevas restricciones de estacionamiento de motos en las aceras

En la línea de preservar las aceras peatonales, la modificación de la OCVV establece de manera estructural que las motos no puedan estacionar en la zona de influencia de los accesos a pie a un centro escolar o a un centro hospitalario, como medida para mejorar la convivencia y dar prioridad a los peatones en la entrada, salida y estancia en estas zonas especialmente sensibles. Si no se cumple habrá, a partir del 1 de febrero, una sanción de 500 euros.

Igualmente, la nueva ordenanza prohíbe explícitamente el estacionamiento en los espacios adyacentes a los estacionamientos de bicicletas, en los vados peatonales, en los carriles bici y cuando obstruya la utilización de contenedores. Al mismo tiempo, también incorpora la prohibición de ligar estos vehículos a los árboles, semáforos, bancos, contenedores, papeleras y marquesinas de transporte, así como otros elementos de mobiliario urbano cuando se dificulte el paso de peatones o el destino o funcionalidad del elemento.

Fomento de la ciclologística y fomento del reparto de última milla

Por otro lado, el nuevo texto también plantea condiciones específicas de utilización del espacio público para los ciclos y VMP utilizados para la distribución urbana de mercancías, con el objetivo de mejorar las condiciones en que operan los ciclos y los VMP que se dedican a ello. Con la nueva norma, estos vehículos podrán utilizar los espacios habilitados para la carga y descarga con las mismas condiciones que el resto de vehículos de motor. Ciclos y VMP que se dedican a la DUM también podrán detenerse en los espacios en acera donde se permite el estacionamiento de motos, siempre que no exista un espacio habilitado para este fin.

Como última novedad respecto de la infraestructura ciclista, el nuevo texto también recoge la prohibición explícita de realizar carga y descarga por parte de cualquier vehículo en un carril bici, lo que tendrá una sanción de 200 euros.

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