Una trabajadora de una floristería de Barcelona se negó a atender a una clienta porque hablaba en catalán.
Además, tampoco le quiso facilitar la hoja de reclamación para que pudiera dejar constancia de esta vulneración de los derechos lingüísticos.
A lo largo de la conversación, a la que ha podido tener acceso Plataforma per la Llengua, también intervino el encargado de la tienda, que defendía que la trabajadora no tenía por qué entender a la clienta si hablaba catalán, y que tenía que ser esta última quien tenía que cambiar de lengua: «Tienes que entender que, si no habla catalán, le puedes hablar castellano».
La trabajadora se excusaba de que no entendía el catalán, aunque, según ella misma, hacía cinco años que residía en Cataluña, y que no la podía atender si no le hablaba en castellano.
La clienta se remitía a sus derechos y a la normativa vigente, que garantiza el derecho de todos los consumidores de ser atendidos en catalán en sus relaciones de consumo.
Los argumentos de la clienta no convencieron ni a la trabajadora ni al encargado, que, además, espetó comentarios abiertamente xenófobos, como: «Ves al negocio este de los paquis y dígale que te hable en catalán […].
Ves y dígale: ‘escucha, hablame catalán.
O, si no hablas catalán, dame la hoja de reclamación’».
La clienta explicó que allí donde va siempre habla en catalán y era la primera vez que vivía una situación tan desagradable como esta: «Es la primera vez que me encuentro con una mierda así».
El encargado se negó en todo momento a facilitarle la hoja de reclamación y defendía que no se puede llenar una hoja de reclamación «únicamente porque una persona no habla catalán».
La clienta insistió en que la ley ampara su derecho de ser atendida en catalán y que sólo pedía poder expresarse en su lengua: «Ella cree que yo le estoy diciendo que hable catalán. Yo no le he pedido en ningún momento que hable catalán. Le he dicho que, en un país bilingüe, me tiene que entender en ambos idiomas».
El encargado, ante los argumentos de la clienta, insistió en que no le facilitaría la hoja de reclamación «porque no estaba haciendo una compra».
Por el hecho de no quererle facilitar la hoja de reclamación, el establecimiento incumplió la normativa del Código de consumo, que especifica: «Todas las personas consumidoras tienen el derecho y el deber de formular y presentar denuncias a los organismos administrativos competentes en materia de consumo. Mediante la denuncia, las personas consumidoras ponen en conocimiento de la administración competente en materia de protección de las personas consumidoras una presunta vulneración de la normativa en materia de consumo».
En este caso concreto, la clienta vio vulnerados sus derechos lingüísticos y, por tanto, tenía todo el derecho de poder notificarlo a los organismos competentes, y el establecimiento estaba obligado a facilitarle este trámite.
Finalmente, la clienta tuvo que marcharse del establecimiento sin poder comprar ni llenar la hoja de reclamación por el simple hecho de pedir ser atendida en una de las lenguas oficiales de Cataluña.
La floristería vulnera la normativa vigente en Cataluña
El establecimiento vulneró el derecho de la consumidora a ser atendida en catalán, ya que en el artículo 128-1 de la Ley 22/2010 indica claramente: «Las personas consumidoras, en sus relaciones de consumo, tienen derecho, de acuerdo con lo que establecen el Estatuto de autonomía y la legislación aplicable en materia lingüística, a ser atendidas oralmente y por escrito en la lengua oficial que escojan».
Este derecho comporta una obligación individual para los trabajadores de cara al público, definida en el artículo 8.3 de la ley 18/2017, de Comercio, servicios y ferias, que dice que «deben estar en condiciones de poder atender a los consumidores cuando se expresen en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña».
Más allá del Código de consumo de Cataluña, el establecimiento también incumplió la Ley de política lingüística, que en el artículo 32 deja claro que las empresas tienen la obligación de asegurar que el derecho de dirigirse en catalán sea respetado: «Las empresas y los establecimientos dedicados a la venta de productos o a la prestación de servicios que desarrollan su actividad en Cataluña deben estar en condiciones de poder atender a los consumidores y consumidoras cuando se expresen en cualquier caso. de las lenguas oficiales en Cataluña».
Por todo lo expuesto, Plataforma per la Llengua está asesorando a la víctima para que pueda denunciar la vulneración de sus derechos lingüísticos a las autoridades competentes, como la Agencia Catalana de Consumo.