El ministro de Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha asegurado este viernes que su ejecutivo aplicará la ley de memoria democrática y provocará la extinción de la Fundación Francisco Franco. “No la ilegalizaremos, lo que haremos es extinguirla, porque si una fundación, espacio o lugar, enaltece, rememora u homenajea a alguien que fue represor, no tiene ningún sentido dentro de la democracia”, ha dicho. Por este motivo, preguntado por si nos encontramos en “los últimos días” de la Fundación Francisco Franco, Ángel Víctor Torres ha sido tajante: “Sí”. La Ley de memoria democrática prevé que, en caso de incumplimiento, el patronato de fundaciones puede llevar la petición de extinción a un juez, que es quien acaba decidiendo.
En una entrevista en Ser Canarias, el ministro ha dejado claro que pese a que la Fundación Francisco Franco cambió sus estatutos para probar la Ley de memoria democrática, el ejecutivo utilizará las vías de que dispone para forzar su extinción.
“No es una competencia directa del Ministerio de Memoria Democrática”, ha admitido Torres, pero “hemos tenido reuniones con el ministerio de Cultura” y el protectorado de fundaciones “depende de él”.
Con todo, fuentes del Ministerio destacan que el ministro no ha señalado ningún paso nuevo respecto a esta cuestión, que el gobierno español tiene sobre la mesa desde hace años y que tendrá que pasar por la mesa del Consejo de Ministros.
Según estas fuentes, Ángel Víctor Torres simplemente ha reaccionado a una información de OkDiario que apuntaba que el gobierno español había desistido de ilegalizar la fundación Franco.
Según el ministro, no será una ilegalización, sino una extinción de la Fundación.
La disposición adicional quinta de la ley establece que se pueden extinguir fundaciones cuando éstas “no persigan fines de interés general o realicen actividades contrarias a este interés general”.
En este sentido, la ley considera “contraria al interés general la apología del franquismo, el enaltecimiento del golpe de Estado y de la dictadura o de sus dirigentes con desprecio y humillación a la dignidad de las víctimas del golpe de estado, de la guerra o del franquismo”.
En estos casos, según la ley, el protectorado de fundaciones puede instar judicialmente la extinción de la fundación, y los jueces pueden acordar la suspensión provisional de las actividades de la fundación hasta que se dicte sentencia, y adoptar medidas cautelares para garantizar la eficacia de esta suspensión de actividades.