lunes, 5 de mayo de 2025
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Absuelto el abuelo que abusó durante años de su nieta de 9 años y una amiga de ella

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Un hombre ha quedado absuelto de un delito continuado de agresión sexual a su nieta, una niña de 9 años, y de otro delito de agresión sexual a una amiga de la pequeña, de la misma edad.

La Fiscalía pedía 24 años de prisión en total para el acusado por delito continuado de agresión sexual con introducción de miembros corporales a su nieta entre los años 2019 y 2023; y por un delito de agresión sexual a otra niña, amiga de su nieta, en una ocasión.

Los hechos habrían sucedido de forma continuada entre el año 2019 y el 2023, mientras el acusado se quedaba solo con su nieta, que tenía 9 años cuando comenzaron los hechos, en su casa en Valladolid.

El hombre inventó un juego que llamaba “pilla cuca” que aprovechaba para tocar los genitales de la niña, primero por encima de la ropa y después también por el interior. Aprovechaba para introducirle los dedos en la vagina e incluso le tiraba los genitales con la lengua. Se trata de un comportamiento que habría repetido varias veces a lo largo de los años. Por este delito, los padres de la niña pedían una pena de 18 años de prisión.

El 18 de julio de 2023, mientras el hombre paseaba a su perro por el parque, su nieta y una amiga suya —ya, con 13 años— se acercaron con la excusa de cotejar al perro y el hombre propuso jugar al “pilla pilla” y al “pilla cuca” con, según la Fiscalía, la intención de “satisfacer sus libidinosos deseos“. Para esta ocasión, la familia de la amiga de la niña pedía 6 años de prisión.

Además, la Fiscalía pedía también una orden de alejamiento respecto de las dos víctimas, su inhabilitación y 15 años más de libertad vigilada. A ello se sumaría una indemnización, en concepto de responsabilidad civil, de 25.000 € a su nieta y de 7.000 € para la otra menor.

 

La Audiencia absuelve al hombre por falta de pruebas

La Audiencia de Valladolid, que ha celebrado el juicio contra este hombre, ha absuelto al hombre porque “las pruebas practicadas en el juicio oral no han permitido llegar a un convencimiento pleno de los hechos que han sido objeto de acusación, creando una profunda duda en el ánimo del Tribunal”. Es decir, no existen pruebas contundentes contra el hombre, más allá de los relatos de las dos menores.

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