La Guardia Civil ha investigado al conductor de un turismo, de 83 años, que interceptó en la autopista del Mediterráneo AP-7, en Cartagena (Murcia), por un presunto delito contra la seguridad vial, por conducir de manera manifiestamente temeraria en sentido contrario al establecido para una vía desdoblada, según han informado fuentes de la Benemérita en un comunicado.
La actuación se inició cuando una patrulla del Destacamento de Tráfico de Cartagena que prestaba servicio de vigilancia de la seguridad viaria detectó un vehículo que circulaba en sentido contrario al establecido por la AP-7, que une Crevillent y Vera, a la altura de El Algar-Cartagena.
Los agentes del Sector de Tráfico, al darse cuenta de que el turismo se acercaba hacia ellos en contra por el carril izquierdo y sin tiempo para reaccionar, activaron los dispositivos especiales del vehículo oficial de colores comerciales --señales ópticas y acústicas--, indicándole al conductor y único ocupante del vehículo que se detuviera en el arcén.
Acto seguido, la patrulla de la Agrupación de Tráfico, que previamente tuvo que detener la marcha del resto de conductores que circulaban en sentido Alicante para evitar una colisión, restableció la circulación sacando de la plataforma de la vía al conductor, un hombre de 83 años que presentaba claros signos de no encontrarse en condiciones psicofísicas adecuadas para conducir, como desorientación o respuestas incoherentes, entre otros.
De las investigaciones realizadas, los guardias civiles constataron que el conductor circuló en sentido contrario al estipulado durante unos dos kilómetros en sentido Cartagena por la calzada destinada al sentido Alicante, habiéndose incorporado antirreglamentariamente a la altura de la Venta San José, en el kilómetro 796,400.
Este tipo de conducción provocó que varios de los vehículos que circulaban correctamente tuvieran que maniobrar de manera brusca para evitar colisionar frontalmente, todo ello con temeridad manifiesta, al poner en concreto peligro la vida o la integridad de las demás personas que circulaban por la vía.
Del vehículo implicado se hizo cargo un hijo del octogenario y quedó a disposición de la autoridad judicial como instrumento del delito.
A este conductor de edad avanzada, a la vista de los hechos en los que denota una disminución en sus facultades psicofísicas para conducir, se le ha propuesto ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia para un reconocimiento psicofísico extraordinario, con el fin de determinar si mantiene las aptitudes necesarias para seguir poseyendo el permiso de conducir de la clase B.
El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el artículo 380 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de seis meses a dos años, y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta seis años.