El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en un año, de 15 a 14 años, la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a uno de los cinco condenados de 'la manada', por la violación grupal de los Sanfermines de 2016, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del 'solo sí es sí'. La Sala Civil y Penal del TSJN ha sostenido que la condena debe reducirse ya que el Tribunal Supremo señaló en su sentencia que imponía una condena de 15 años, "próxima" o "cercana" al mínimo legal, un valor que la citada ley ha rebajado "sensiblemente".
Según explica la sala, la pena máxima continúa inalterada, pero la mínima baja 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. “En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos quedan 2 años por encima del mínimo posible que, efectivamente, están dentro del arco penológico posible". Asimismo, ha apuntado que según la mayoría de la sala, "ya no cumple el parámetro fijado por el Tribunal Supremo en su sentencia cuando calificaba la pena impuesta como muy cercana al mínimo legal, o como pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana al mismo”, ha argumentado.
La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ha sido adoptada por los magistrados Joaquín Galve Sauras, presidente del TSJN y Francisco Javier Fernández Urzainqui. La tercera integrante de la sala, la magistrada Esther Erice Martínez, ha formulado un voto particular en el que aboga por desestimar la revisión de condena.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial rechazó el febrero pasado la solicitud de revisión planteada por la defensa de este condenado. Pedía que la pena de 15 años se rebajara a 13 años y 9 meses. Contra esta denegación interpuso un recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJN. Todas las acusaciones -la fiscal, la denunciante, el gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona- solicitaron su desestimación.