Una joven que fue intercambiada por error en el hospital en el momento de nacer recibirá una indemnización de 850.000 euros, que se sumarán a los 590.000 euros que recibirá su padre no biológico —quien la crio— y a los 145.000 euros que recibirá quien considera su hermano. La familia recibirá 1.585.000 euros que se suman a los 850.000 euros que recibió la otra niña afectada y que denunció los hechos en 2021.
Los hechos se remontan a 2002, año en que dos bebés nacieron en el antiguo hospital San Millán de Logroño. Las dos niñas nacieron con unas cinco horas de diferencia y ambas nacieron con un peso bajo, motivo por el cual las llevaron a la sala de incubadoras y, después, a los cunas, donde se habría producido el error que las intercambió.
En 2017, la abuela de una de las niñas, que se había hecho cargo de ella porque la madre tenía una discapacidad incapacitante, denunció al padre de la pequeña para reclamarle la manutención de la niña, pero él rechazó el pago alegando que no era el padre de la niña. El juzgado ordenó hacer una prueba de ADN y resultó que quien creían que era su padre, no lo era.
La familia no entendía qué había pasado y pidieron también una prueba para comparar su ADN con su madre, y el resultado también fue negativo. Fue entonces cuando la menor inició los trámites para conocer a sus padres biológicos y descubrió que fue intercambiada en el hospital, ya extinto, el día de su nacimiento.
Las dos jóvenes indemnizadas junto con la familia de una de ellas
A consecuencia de esto, la joven reclamó una indemnización a la Administración Pública de La Rioja por daños morales, ya que las dos niñas se criaron con otra familia. El gobierno la indemnizó con 850.000 euros, pero faltaba conocer la resolución respecto de la otra joven, que al conocer los hechos denunció, pero además de una indemnización para ella también reclamó por sus familiares.
En este caso, la joven recibirá también 850.000 euros; quien creía que era su padre recibirá 590.000 euros y su hermano no biológico recibirá 145.000 euros. El gobierno regional reconoce que “era obligación de la Administración controlar la identidad de las dos niñas desde el momento de su nacimiento hasta sus respectivas altas hospitalarias, para garantizar que cada una de ellas fuera entregada a sus padres biológicos y no a otras personas. En tanto que esto no se produjo, existió una disfunción de las medidas de identificación y control de los bebés, y resulta acreditada la existencia de un nexo causal entre la actuación de la Administración y los daños reclamados”.