El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley para prevenir y sancionar la violencia vicaria, una norma que reconoce por primera vez esta forma de violencia de género y la introduce en el Código Penal como delito específico.
El texto modifica diversas leyes para cubrir el vacío normativo. Entre otras, retira automáticamente la patria potestad a los agresores condenados con sentencia firme. El agresor no la podrá recuperar hasta que se cancelen los antecedentes penales.
La nueva ley obligará a escuchar a los menores antes de decidir sobre la custodia, estancias o regímenes de visitas. También ampliará la condición de víctimas al resto de familiares que sean atacados con el objetivo de hacer sufrir a la mujer. Desde 2013 han sido 68 menores asesinados por su progenitor, 3 este 2026. “No solo hablamos de asesinatos, sino de maltrato, agresiones y violencia contra los niños”, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha recordado que en el "contexto negacionista actual" hay que seguir avanzando en la lucha contra la violencia de género, que tiene una "dimensión enorme".
Según Redondo, la reforma cumple los compromisos adquiridos por el ejecutivo e incluye medidas específicas para dar respuesta a la violencia ejercida con la finalidad de perjudicar a una mujer a través de personas interpuestas, sean sus hijos u otras personas con las que mantiene un vínculo afectivo, y también la actual pareja de la víctima.
Entre otras medidas, la norma incorpora al Código Penal un agravante de género para que, si se produce violencia vicaria, la pena se imponga en la mitad superior de su baremo. También incorpora una pena accesoria para impedir que los responsables de estos delitos puedan utilizar sus crímenes para obtener difusión pública.
